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debemos programar la formación de todos los hermanos en sintonía con el propio carisma, brindando justas oportunidades para promo– Yer los talentos de cada uno en función de una respuesta en plenitud a la gracia de la propia vocación y de un mayor servicio a la Iglesia y a la Orden. e) "Especifz'cz'dad" y "Pluralidad" Antes del Concilio Vaticano II las direc– tivas doctrinales y normativas del Magisterio sobre la vida religiosa y sobre la formación de los religiosos estaban diseñadas sobre la base de moldes fundan1entales comunes. Esta acti– tud de notoria uniformidad estaba garantizada por una meticulosa centralización de las direc– tivas y controles. En un plano estrictamente normativo, hay que recordar, por ejemplo, las "Normas" de la Congregación para los Religiosos (1901 y 1921) para regular la aprobación de los Institutos de vida consagrada y, sobre todo para dirigir - con criterios casi uniformes- la redacción de las Constituciones. Planteada con una visión exclusiva o prevalentemente jurídica, bastante minuciosa y uniforme, han llegado a ser una imitación servil perfecta en la elaboración del Código fundamental de los Religiosos. Este debía ser, antes de todo, un texto legal y disciplinar. Se comprende así el peligro - no hipotético- de comprometer, con la ausencia de importantes elementos espirituales, la índole del carisma propio de cada Instituto (10). En el campo formativo, las directivas de la "Sedes Sapientiae" y de los Estatutos anexos están concebidos con un evidente cri- (10) Cfr. Euthimius Sastre Santos, cmf., De nonnis ad Codices Congregationum Religiosarum congruenter recognoscendos, en "Commentarium pro Religiosis et Missionariis" 59 (1978), 138-175. Cfr. Normae secundum quas S. Congreg. Episcoporum et Regula– rium procedere solet in approbandis novis Institutis votorum simplicium, Roma, Typis S.C. de Propagan– da Fide 1901. Nonnae secundum quas Sacra Congre– gatio de Religiosis in novis Religiosis Congregationi– bus approbandis procedere solet, en AAS 13 (1921), 312-319. ARTICULO terio de unitariedad. Acaso porque la dimen– sión clerical constituye ra en realidad el punto de referencia de todo y es necesario interpre– tarla y encarnarla a la luz de la unidad intrín– seca del sacerdocio católico (11). Para obedecer a estos estatutos de la Santa Sede - que "declaramos y estatuimos de ciencia cierta y en virtud de la plenitud del poder apostólico, que deben ser observados por aquellos a quienes conciernen" (12)- los Religiosos han tenido que adaptar su Regla– mento de Fstudios y de la formación con la obligación de someterlo a la oportuna aproba– ción de la Congregación (13) . Con el Concilio Vaticano II cambian notablemente las perspectivas. Sobre todo en el momento en que se pone en primer plano el criterio de la fidelidad al espíritu y patrimo– nio propio del instituto. Se advierte bien a todos esta insistencia del Magisterio actual a fin de que se garantice prioritariamente la fisonomía y la función características de cada Orden o Congregación (14). Entonces, para tutelar y promover justamente la identidad propia de los Institutos, la normativa general de la Iglesia adopta medidas más elásticas, reforzando la iniciativa particular en el campo de las estructuras, del derecho, de la forma– ción y del servicio cualificado al Pueblo de Dios. En función de la "especificidad" caris– mática propia, el proyecto del nuevo derecho canónico sanciona, en términos inusitados, la validez del "ius particulare" ("secundum fi– nem et spiritum Instituti") (15 ); (11) Cfr. "Statuta generalia", Constitutioni apostolicae adnexa, art. 1 O. (12) Pío XII, "Sedes sapientiae", p. 21, n. 40. (13) Cfr. S.C. de Religiosos, Carta circular sobre el Regla– mento de los Estudios y de la formación en los Institutos Religiosos, 15 de noviembre de 1962: VR n. 8. (14) Cfr. Perfectae caritatis n. 2; Ecclesiae sanctae 11, n. 12, 16; Mutuae relationes, n. 11... También can. 504,p. 2;505,~ 2, et~ (15) Bajo diversas formulaciones, es un constante "estribi– llo" en todo el texto: por ejemplo, can. 503, 514, 515,525, 527s., 534, 542s., 548-557, 559,561,562, 564,567, 56~ 571, 576SL,, 183

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