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cliclatos a la fraternidad sin el permiso ele los Ministros ele la misma. 00 J Tocio esto a partir ele Martín V que fue más bien la excepción si se tiene la impre– sión de que aún en estos casos se tiende más que a esbozar una teología c!ellaicado as imi– lando las fraternidades ele la Tercera Orden con las instituciones religiosas, sobre tocio en relación a compartir sus privilegios. El Papa Sixto IV con la. bula "Romani Pontificis Providentia" dejó la Tercera Orden bajo la dependencia de los Superiores Mayores ele los Hermanos Menores, que durará por va– rios siglos. Sin entrar en más detalles merece la pena notar en esta evolución cómo se hace difícil mantener en su lugar la responsabilidad ele los seglares , al mismo tiempo que se subraya la presencia predominante del Visitador. Este difícil equilibrio es ya patente en las ordenaciones del capítulo ele los Hermanos ele la Penitencia ele la Umbría en 1290. Por una parte se establece que no se pueda hacer ninguna nueva Constitución sin el consenti– miento ele la mayoría y por otra parte en tocios los asuntos importan tes se da la com– petencia al Visitador, aunque juntamente con los Ministros y la ayuda en algunos casos de los consejeros. Después, el fiel ele la balanza se inclina hacia el Visitador y aún hacia los instructores. Cada vez que, siglos más tarde, se trate ele restaurar el dinamismo y la vitalidad ele la Orden, responsabilizando a los laicos junta– mente con los superiores religiosos, se buscará un calculado equilibrio. Esto es patente en las Constituciones Urbanianas propias de los Conventuales y en las mal llamadas Constitu– ciones ele Inocencio XI. En éstas se afirma cómo la vicia y el apostolado ele las fraternida– des es, ante tocio, responsabilidad de los Minis– tros y hasta se propone que sean sacerdotes los Ministros de la fraternidad. Este consejo está muy conforme con la eclesiología del tiempo; como también la disposición repetida de que el Ministro debe actuar bajo la dependencia del Guardián del convento. 122 La decadencia de las fraternidades fue atribuida con frecuencia al desempeño ele los religiosos franciscanos o sencillamente a la ausencia ele relaciones entre las Ordenes Pri– mera y Tercera. Mariano ele Florencia da como históricamente probado que, habiendo comenzado la Orden de la Penitencia libre ele tocia dependencia ele los Menores, su fracaso y decadencia dictó la posterior prudente de– pendencia. Y sitúa el hecho en los primeros tiempos, antes ele la bula de Nicolás IV. Esta decadencia se dio más de una vez por causa del incumplimiento de sus deberes por parte ele los Ministros, por la irregularidad en las elecciones de los mismos, por no respetar lo dispuesto en la Regla sobre la temporalidad de los cargos. Pudo ya Fr. Dolcino invocar por estos motivos, en su visita a la fraterni– dad ele Florencia, Ía necesidad "ele reforma en la cabeza y en los miembros".< 11 J En el siglo XV y XVI las voces autoriza– das en este sentido serán aún más elocuentes: tal vez se exageran los fallos para justificar la necesaria intervención de los superiores religiosos. 0 2 J Hacia la Regla de Pablo VI La época ele Pío IX y de León XIII conoció un gran número de seglares eminen– tes que fueron animadores ele sus hermanos ele la Tercera y aún de la Primera Orden. Este hecho coexistió, sobre tocio a partir ele la "Tertium Franciscalem Ordinem" de Pío X, con el hecho más general de la excesiva intervención ele los d irectores religiosos de las fraternidades. La Acción Católica, en la que tantos terciarios fueron llamados a colaborar como fundadores, y la reflexión teológica sobre el laicaclo que la acompañó en la época de Pío XI y Pío XII, trajeron nuevos aires. Llama la atención la ausencia ele una teología renova– da del laicaclo en un documento como la Carta Circular de los Ministros Generales "De Tertio Ordine Saecularifovendo" (1951). Pero la renovación había comenzado. El P. Becla Hess, Ministro general de los

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