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ARTICULO$ oración en privado: antes de Tercia y después de Víspe·ras. Aunque no deberán contentarse con esto; antes bien, dedicarán todo el tiempo que puedan a orar, meditar y contemplar, "po,r– que para esto se hici·eron religiosos" (n. 8). Para salvar la vida en so.Jedad y recogimien– to, las casas o residencias de los hermanos dis– tarán poco más de una milla de las ciudades (n. 50). Donde se pueda, habrá una o dos celdas en el monte cercano para los hermanos que deseen nevar vida anacorética. Vivirán allí en silencio y separados de todo trato humano fuera de los superiores o pad~es espirituales. Se les llevará en silencio ,lo necesario para la subsistencia (n. 47). Las mujeres no entrarán e,n los lugares o ere– mitorios (n. 55). Ni se atraerá a la gente con ocasión de misas u oficios. Mucho menos con pretexto de recibir limosnas. Las oraciones que se hagan por los demás se harán sólo por ca– ridad y amor de Dios (n. 6). Por lo mismo tam– poco se asistirá a procesiones, funerales y otras solemnidades r•e-ligiosas, fuera de la procesión del Co,rpus y de las rogativas especiales (n. 5). Se guardará silencio absoluto por la noche y durante el tiempo de descanso en la siesta en el verano (n. 10). Durante este tiempo y siempre que o,curra, sólo el guard•ián u otro religioso, señalado para ello, podrán atender a los visitantes que Hega– ren. Los demás, fuera del caso de necesidad extrema, no hablarán con los ext,raños (n. 11). Durante las comidas se leerá algún libro ejemplar y devoto. Y no se admitirán seglares por lo general (n. 12). Vida de pobreza y austeridad Sólo se recibirán los eremitorios o casas que estén conformes con la pobreza (n. 40). Estos estarán bajo e·I dominio o propiedad de los pa– trones o de las ciudades (n. 50). Cuando hayan de fabricarse se harán de material humilde, pie– dra y barro, ,excepto la iglesia, que será siem– pre pequeña. Las celdas serán pequeñas, bajas y pobres. sin ninguna ornamentación (,n. 51). No se recibirán las ya construidas si no son pe– queñas de iglesia y habitación (n. 53). No se tendrán procuradores ni síndicos, ni se estará bajo; el patronato de nadie (n. 41). El número de hermanos en cada casa no pa– sará de siete u ocho. Sólo en ·las grandes ciu- 138 dades podrán ser diez o doce. "Esto se ordena para que más fácilmente y cómodamente se ob– serve nuestra regla y pobreza" (n. 61). No se tendrán bestias de carga o de viaje. Todos, incluso los prelados, viajarán a pie, sal– vo en caso de enfermedad (n. 42). Se tendrá un so·lo hábito •como vestido; en casos de necesidad también una túnica, corta y pobre. Los ancianos y enfermos podrán tener o usar un manto. Las cuerdas serán bastas y de un solo nudo (n. 20). El largo de! hábito •será hasta poco más de la media p,ierna; •las túnicas, hasta la rodilla (n. 22). Cuando no :puedan ir descalzos usarán unas simples suelas; pero no los "zoccoli" (n. 24). Los capuchinos llamaban despe,ctivamente a los Observantes "zoccolanti", por permitirse este tipo de sandalia. La austeridad en la comida hará que se dé un solo plato: sopa o menestra. Y en casos es– peciales una ensalada, cruda o cocida, con pes– cado o carne cuando se recibiere de Hmosna (n. 13). Las provis.iones provenientes de la •limosna s·erán las suficientes para do·s o tres días sola– mente. No más de una semana durante el in– vierno (n. 18). No habrá tampoco bodegas para el vino (n. 19). Los hermanos dormi>rán sobre tablas, esteras o paja. Sin Jergón y con cabezal de paja (n. 54). La pobreza resplandecerá en las iglesias y en los ornamento·s. Las aig•lesias serán pequeñas y en las sacristías habrán dos o tre,s juegos de ornamentos y un solo cáliz. Nada de oro y pla– ta, ni siquiera los cálices (nn. 64 y 65). La vida apostólica Nadie presumirá dedicarse al estudio o lectu– ra, fuera de la Sagrada Escritura. Ni se ten– drán libros en particular, fuera de uno o dos pequeño•s libros espir>ituales o ,piadosos (n. 23). Los libros se tendrán en común en una peque– ña biblioteca, convenientemente seleccionados (n. 31). No se tendrá por costumbre confesar, excep– to en casos urgentes y de extrema necesidad. Para ello se designarán sacerdotes con más de cuarenta años de edad, de buena conducta, dis– cretos y bien instruidos (n. 29). No se tendrá la dirección o cuidado de mo– nasterios de monjas s-i no es con licencia del capítulo general (n. 30).

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