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EL CARISMA DE FRANCISCO DE ASÍS 383 Este fragmento denota ya la restricción de los Capítulos generales sólo a los Ministros, cosa que antes había permanecido abierto a todos los hermanos, como nos dice Giano en su Crónica: En el año del Señor 1221, el 23 de mayo, indicción XIV, en el santo día de Pentecostés, el bienaventurado Francisco celebró el Capítulo general en Santa María de la Porciúncula. Al Capítulo, según la costumbre entonces en vigor, asistieron tanto los profesos como los novicios, estimándose en unos 3.000 el número de hermanos que acudieron (n. 16). Este sería el último Capítulo abierto a todos los hermanos, puesto que la Regla bulada se adapta ya a las normas del Concilio Lateranense IV que manda a los priores y abades reunirse en Capítulo cada tres años en sus respectivos reinos y provincias. 317 Sobre el modo de elegir al Ministro general no se dice nada, tal vez porque se seguía la forma común en tales elecciones. Sin embargo es interesante la funcionalidad que se le da al cargo. En el caso de que los Ministros crean que dicho General no es competente para el servicio de los hermanos, deben elegir otro. La primera impresión que ofrece el texto es de ambigüedad 1 pues no aparece claro si se elige para sustituirle o simplemente para ayudarle. Pero el texto paralelo de la Regla de Santa Clara parece confirmar que se trata de sustituirle. 318 En todo caso queda claro que los cargos no son ningún privilegio, sino que están en función del servicio y utilidad de los frailes. 3. Y DESPUÉS DEL CAPÍTULO DE PENTECOSTÉS PUEDE CADA UNO DE LOS MINIS– TROS Y CUSTODIOS, SI QUIERE Y LE PARECE CONVENIENTE, CONVOCAR A SUS HERMANOS UNA VEZ ESE MISMO AÑO A CAPÍTULO EN SU CUSTODIA. Con la desaparición del Capítulo general como asamblea de todos los hermanos, donde se revisaba la marcha de la fraternidad y se promulgaban leyes con la simple finalidad de cumplir mejor lo que habían prometido al Señor, se había roto esa forma directa de autogestión. Para paliar ese problema producido por el aumento considerable de frailes y la expansión que habían alcanzado, se llegó a la creación de los Capítulos provinciales. Una vez termi– nado el de los Ministros para la fiesta de pentecostés, podían éstos reunir en sus respectivas Provincias a todos sus hermanos para comunicarles las deci– siones prácticas que habían tomado y ver el modo de ejecutarlas. En definitiva no era más que una trasposición del antiguo Capítulo general, ahora ya imposible, a cada una de las Provincias. La Regla de 1221 ya dice que cada Ministro podrá reunirse con sus hermanos una vez por año, en la fiesta de San Miguel Arcángel, y donde mejor les parezca, para 317 Cf. K. EssER, La Orden Franciscana, p. 115. 318 Escritos de Sta. Clara, p. 259.
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