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LA ANTIGUA MISIÓN DE MARACAIBO (1749-1820) 369 ta, aduce toda la legislación sobre Conversores y párrocos. Pero le recorda– ba que estaba sometido al obispo diocesano en cuanto a la cura de almas. Y terminaba recordando la obediencia que los misioneros debían prestar al obispo de Mérida; no había obrado bien el prefecto: "¡Qué borrón tan feo éste para un pobre y humilde capuchino!". El Prefecto debía celebrar una conferencia con el obispo, y luego se podrían matizar las posturas 116 . d) De seguro que este dictamen del P. Maturana no llegó a tiempo a Maracaibo, ya que en el intermedio se precipitaron muchos acontecimien– tos. Documentamos que el obispo prosiguió su actuación, ampliándola mucho; así el 23 de noviembre de 1818 escribió un alegato sobre los fallos de la misión de los capuchinos; el 8 de enero de 1819 enviaba a España un extenso auto sobre la tensión entre el obispo y los misioneros" 117 • Era tarde, demasiado tarde. La misión se iba diluyendo y eran contados los misioneros que se hallaban en la misma, o en territorios vecinos, hu– yendo de los Libertadores 118 • CONCLUSIÓN Fieles al alcance de nuestro estudio, hemos reconstruido los hecho y las mentalidades subyacentes en una misión americana del siglo xvrn. Para terminar y sin pretender que sean irreformable, podemos ofrecer, mejor que conclusiones, algunos puntos de vista, en los que se dan la mano he– chos y mentalidades. l. En la constitución de la nueva misión anotamos un notable hecho ins– titucional. El Ministro Provincial de Navarra y Cantabria fue nombra– do Comisario Apostólico de la nueva Misión; vale tanto como superior mayor de la misma, sin ninguna instancia intermedia. El confirmaría al prefecto elegido y giraría la visita canónica. Desaparecía el cargo de Comisario General, ejercido por el Proyincial de Andalucía. 2. La Misión sería gobernada en su nombre por un Prefecto y dos conyú– dices, elegidos en capítulo misional por los misioneros, a tenor de sus 116. Texto del dictamen en Arch. Cap. Pamplona leg. Maracaibo, fecha; autógrafo. 117. AGI, Caracas leg. 968. Existen dos extensos procesos sobre la materia: "Gobierno, Testimonio de los Autos promovidos por el R. P. Prefecto de las Misiones de Capuchinos Na– varros y Cantabrios (sic)... Maracaibo 1819" y "Testimonio de los Autos creados en el Tribu– nal de Gobierno sobre las providencias tomadas por el Sr. Obispo diocesano contra el R. P. Prefecto y Presidentes Capuchinos Navarros", en AGI, Caracas leg. 968. Aparecen graves acusaciones contra el Prefecto Javier de Cervera, que al fin se desvanecen, aunque perdura un juicio poco halagüeño sobre la misión de Maracaibo. 118. No se documenta la participación de ningún misionero de Maracaibo con los Liber– tadores, luchando contra el antiguo régimen de la colonia. Se sale de nuestro estudio la re– percusión de la insurrecci6n en Maracaibo.
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