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LA ANTIGUA MISIÓN DE MARACAIBO (1749-1820) 341 visional dada por el Gobernador y capitán general de la Provincia de Ma– racaibo, interina hasta que fuesen aprobadas por el Consejo y por el Rey. Fueron promulgadas por el Visitador, a falta de aprobación regia, en Pun– ta Piedra 7 noviembre de 1776; por tanto, sin cumplirse el decenio de las anteriores, aprobadas solemnemente por el monarca e impresas con la au– torización del Consejo. Este gran religioso y Visitador no hace alusión a defectos especiales del texto anterior, sino que manifiesta su intención de conciliar las obligaciones de la Regla y de las Constituciones capuchinas, con las que se deducen de las leyes reales de Indias. Pensó en un texto y en un cuerpo canónico y civil al mismo tiempo. De hecho, los márgenes del original están plagados de citas de la legislación franciscana y de las leyes de Indias. No hemos encontrado alusiones en la correspondencia a ningu– na gestión del Comisario y Provincial de Navarra por hacerlas aprobar e imprimir66 bis. Títulos originales de los doce capítulos: c. 1º De la obediencia. c. 2º De los nuevos misioneros c. 3º Del divino culto c. 4º Del dinero, síndicos y asistencias. c. 5º Del estudio y el trabajo. c. 6º De la pobreza religiosa. c. 7º De la corrección de los defectuosos. c. 8º De las elecciones. c. 9º De los Presidentes como párrocos. c. 1Oº De la visita. c. 11º De la castidad. c. 12º De las entradas y trato con los indios. Sigue la aprobación provisional del gobernador Francisco de Santa Cruz, de su asesor general Lic. Juan Esteban de Valderrama, abogado de la audiencia del distrito y Pedro José de Estrella, escribano real y de gober– nación. Sigue un llamado Auto de alimentos, en el que el visitador declara la asistencia que el Prefecto de la misión debía dar a cada misionero, par– tiendo de la perfecta vida común expresada en las anteriores Constitucio– nes. Entre reses, comestibles, bebidas, tela para hábitos, ropa interior, cal– zado, tabaco, mosquitero, 151 pesos y 450 reales al año. 66 bis. Consta que el Min. Prov. Matías de Rincón les puso algunos reparos tocantes a la observancia regular y a las elecciones. El P. Fuenterrabía gestionó la impresión de las mismas. El expediente pasó a Contaduría el 25 de junio de 1777. quien no puso reparo, aunque pare– cían propias para una gran Provincia con muchos conventos. AGI, Caracas leg. 966.
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