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EXPERIENCIAS MISIONALES EN ESPAÑA 281 debían remediar cualquier agravio que se le hubiese inferido hasta enton– ces. Finalmente, ni ellos ni sus oficiales debían excederse en cosa alguna so– bre lo que "no es infungido e mandado" por las bulas apostólicas. Esta cláusula, tan distinta de las disposiciones económicas del Testamen– to, más que mirada retrospectiva quería ser norma perenne para el gobierno humano y cristiano del nuevo mundo y de sus naturales. Más que descargo de conciencia por abusos cometidos, la Reina dictaba luminosas provisiones para establecer un nuevo y correcto orden civil y religioso entre aquellos pueblos. Puede y debe ser leída como culminación de las experiencias misio– nales vividas en sus reinos peninsulares y de la política religiosa seguida en los mismos. Fue una cláusula introducida para evitar desaciertos y asegurar los mejores logros, aunque no tuviera una idea muy exacta sobre la diferen– cia entre las realidades peninsulares y las del Nuevo Mundo. Por otra parte, al Codicilo de la Reina le ocurrió lo que a la semilla de la parábola del sem– brador (Mt 13, 3-9 y 18-23), que parte cayó en el camino, parte en un pedre– gal, parte entre abrojos y parte en tierra buena 45 • Aunque uno no sienta demasiada inclinación a tomar al pie de la letra las afirmaciones del P. Las Casas, quizá se pueda conceder buen margen de crédito al siguiente pasaje de la Destrucción de las Indias: "Los mayores ho– rrores de estas guerras ... comenzaron desde que se supo en América que la Reina Isabel acababa de morir. .. porque su Alteza no cesaba de encargar que se tratase a los indios con dulzura y se emplearan todos los medios pa– ra hacerlos felices"46_ CONCLUSIÓN Hemos intentado analizar algunas experiencias misionales peninsulares ensayadas durante el reinado complejo de los Reyes Católicos, Fernando e Isabel. Las iniciaron en Canarias; pero se puede decir que todo comenzó en Granada. En este reino plasmaron iniciativas singulares. Más que sacar conclusiones expresas, nos parece más correcto enumerar los temas y espacios, en los que cuajaron tales experiencias, que luego sir– vieron con más o menos acierto y fortuna en América. a) Los Reyes Católicos consiguieron para Granada el Patronato sobre to– das las iglesias y el derecho de presentar personas idóneas a los obispa– dos, monasterios y beneficios mayores; apareció al mismo tiempo cierta tendencia a intervenir en todos los asuntos eclesiásticos del reino. 45. Nos alegraría tener un estudio historiográfico, a poder ser cronológico, que recogiese las lecturas que se han hecho sobre esta cláusula tanto en la península como en América. 46. Fr. BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, Brevísima relación de la destrucción de las In– dias... (1552), en Obras escogidas... vol. I, Madrid, 1958, BAE 110, p.141.
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