BCCCAP00000000000000000001462

ASPECTOS HEL MOVIMIENTO MISIONEUO (1618-1650) exclusivismo que no reconocía en estos asuntos los derechos de la Curia Romana, no se dirigieron al Nuncio sino mas bien al Provincial de los Capuchinos de Castilla. El 24 de septiem– bre <le 1644 el Secretario del Consejo, D. Gabriel de Ocaña y Alarcón, pasaba a dicho P. Provincial el memorial de Fr. Fran– cisco de Pamplona, (< porque el Consejo quiere saber quantos religiosos son éstos y si el intento que llevan es el referido y qué conveniencias o inconvenientes podrán resultar de darles la dicha licencia y de qué nación son )) ( 6). El P. Cristóbal de Morentín, que es el Provh1cial referido, contestó el 1 de octu– bre con una larga y hien razonada carta avalada por su defi– nitorio. En primer lugar habla del personal en los siguientes términos: ce El número de los que van es de doze religiosos, de los qnales uno es castellano, otro andaluz, otro navarro, otro sardo, otros tres hay de la Corona de Aragón, y todos los demás son italianos )) ( 7). A continuación distingue la ida al Congo, para la qne solicita todo el apoyo posible, y el viaje a las Islas Filipinas y al Japón para el que debe negarse el permiso por estas razones: l) porque no consta que para ello tengan licen– cia de Su Santidad y del P. General, << y no siendo cosa guiada por la ohedieucia y authoritlad de los Superiores, en el religioso no parece que pueda ser azertada por buena que parezca )) ; 2) porque la Orden << jamás ha aprohado ni aprobará )) la re– solución de ir a misionar a los Indios, e< porque en ellas (misio– nes) es muy dificultoso y casi imposible guardar nuestra Regla Seráphica y 1me1-tro instituto )) ; 3) por ser contrario a la orden de Su Majestad de que no pasen extranjeros a las Indias; 4) por– que los Capuchinos no tienen tanta preparación como las de– más Ordenes religiosas que allí se encuentran y habría algunos disgustos en la convivencia; 5) porque sería ponerles en la ocasión de renunciar al Congo por ser ésta mucho más difícil que las otras misiones. Como se ha visto, el informe dado por el Provincial de Castilla alude a dos cuestiones de capital importancia para los defonsores del patronato real y que es necesario recordar aquí separadamente para la mejor inteligencia de la conducta del Monarca y de sus consejeros; la primera se refiere al esta– hlecimiento de nuevas Ordenes misioneras y la segunda a la admisión de extranjeros en los dominios de Ultramar. Por lo que se refiere a la primera cuestión, el Consejo de Indias era tenaz sostenedor de sus privilegios; bastaban las cuatro Orde– nes misioneras: franciscanos, dominicos, agustinos v merceda– rio. Los jesuitas, eficazmente recomendados:obtuvier'on en 1566 ser admitidos entre los cvangt>lizadores oficiales de las Indias, ! 6) Cf. ibid. f 7) Informe del Provincial de Castilla al Consejo de Indias, Madrid, 1 de oct, 1641. Ms, 8818 de la Bibl. N11c. de Madrid. Véase más arriba, p. 55.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz