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(73) ASPECTOS DEL MOVIMIENTO MISIONERO (1618-1650) 25 Sacra Congregación me declare qué jurisdicción es la que tiene el Vice-Prefecto en la provincia o reino de la mis,,ión que es nomhrado por su Provincial como Prefecto. Porque siendo la jurisdicción dele– gada, es lo cierto que acabando el oficio el Provincial, que acaha su prefectura y conseguentemente la jurisdicción que tiene el Vice-Pre– fecto, pues moralm.ente le consta que por lo menos acaha a los tres ;años de su oficio y que la Provincia que con la autoridad de la Sacra Congregación le eligió Prefecto no puede nomhrar al Provin– cial inmediato si- no se le comunica tal autoridad; de más que las gracia& y facultades que da la Sacra Congregación sólo las puede co– municar el Prefecto, constituyendo uno de sus comp•añeros Vice– Prefecto al tiempo de su muerte para que govierne la missión mien– tras le da noticia a la Sacra Congregación y provee de remedio oportuno. Estos escrúpulos se me han originado ·de un9s despachos que me remitió el P. Provincial de mi provincia de Castilla, estando ya para embarcarme en la del Andalucía. En los, quales despachos me constituye Vice-Prefecto de la missión del Darien })'Or decir que a él la Provincia le avía elegido en Prefecto por una concessión y liber– tad de la Sacra Congregación, aviéndome nombrado .antes Prefecto, como a V. S. lllma. le consta poli las cartas del Sr. Nuncio de Su Santidad destos reinos de España, que 5,e h•alló presente al nombra- . miento, nombrando juntamente p'Or Vice-Prefecto al P. Fr. Loren– zo de Alicante, mi compañero, el qual tenía por cierto el ,aver de ser Prefecto, porque de Roma así se lo daban a entender; y fué neces– sario para que la materia se ajustase que él cediese, como lo hi«;o, de su derecho, porque el Señor Nuncio estaba muy en favorecerle. De todo este nomhr,amiento de Prefecto tengo otros instrumen– tos, como son una licencia del Sr. Nuncio con autoridad de la Sacra Congregación para ir a otra parte si no hallo entrada en el Darien; las gracias y facultades hablan como Prefecto. Todo esto a mi me importa poco, con que se haga la obra del Señor; pero temiendo que el demonio haga lo que suele, no he manifestado a los compañeros estos últimos despachos, porque tengo por cierto que en algunos ha de aver gran sentimiento y el P. Lorenzo lo tendrá jm,tificado, pues aviendo cedido de su derecho y aviéndole hecho Vice-Prefecto per– sonas de tanta .autoridad, como Provincial y Definidores, en presen– cia del Sr. Nuncio y aprovación suya, que aora muden lo hecho sin causa, sólo p'Or go«;ar de .aque1la libertad de elegir en Prefecto al P. Provincial, es cosa que no cabe en gente de tanta autoridad. Dejo de contar otroe inconvenientes que veo se seguirán claramente. Señor mío, yo no quiero más jurisdicción de la que me toca y ésta quisiera ·saver para el buen acierto de la missión. Y así suplico a V. S. Illma. se sirva avisarme de todo por mano del Sr. Nuncio, que me remitirá l.aE, cartas seguramente, declarándome si el oficio de Pre- fecto que la Provincia ,da al Provincial sub nomine proprio c?~,!1.1¼;:~-~" ··•.,.. ~~ri?d de la Sacra Congregación está depen_diente del ofici.o,,.~-M lsiiJÁ"""-~- vinc1al, de tal suert.e que acabado el ofic10, cesse tam9~i¡\~ft' d V4(~- Prefecto; o si dura mientras vive el nombrado una vez. -¡ ~l V - )\ Prefecto que reside en la tierra de los infieles está depe~ i, .u.te o t_,_ ·t Y. cómo en ord~n. :t la jurisdi~ci~n y gracias nec~ssarias \ ~• el ~o- <:.#f.•o/'f vierno de la m1ss10n del Provmcial Prefecto. Y s1 los leg llA¡¡ns- •• , -..1[;,,_º~J-:,~;: ·"" ~"'lPIJC;.r~:•, t/1 ,,.•• . ,,~~~~~j~r::~~:;{i~,,·.

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