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20 l'. .MELCHOR H.E POBL\DUJU (,68) seabau alistarse eu el e1ercio nmnouero. Y así nos encontramos con que los Capuchinos e,.;paií.oles, en el período que historia– mos, se dirigfan indistintamente a quienes iiospechahan que podían de algún modo favorecer sus detieos y facilitar sus proyectos; hay cartas dirigidas al Nuncio de Su Santidad •~n Madrid, a los Cardenales de Propaganda, al Secretario de la misma Congregación, a loti Ministros Provinciales, al Prcfecto de la misión del Congo, a Fr. Francisco de Pamplona, y al– guna que otra al General o al Procurador General ( 6ª). :Es evi– dente que e:,ta diveriiida1l de pareceres no podía por menos de engendrar confu¡;;ioues y causar relra:-o en el despacho de las solicitudes, sobre todo cuando se invertía el orden jerárquico, como sucedía con frecuencia, pues pocos eran los que se preocu– paban de hacer vidimar por el Ministro Provincial la solicitud enviada a un Prelado superior. Además, el exagerado celo ,le algunos súbditos y el exceso de iniciativa de .algún snpcrior complicaban má:-; el problema durante .mpiellm, afi.os en que, corn.o ante;; decíamos, la nacientt> organizaeión de Propaganda Fide no había contemplado aun todos los casos que se podían presenlar y cuando la iniciativa privada podía ofrecer nuevati :.,olueiones que sirvieran de pauta para lo futuro. A este propósito huho divergencias por parte de los Provinciales tlc Andalucía y Ca,,lilla en cuanto al modo de plantear y resolver el prohlema de! afo,tamicnto de misio– neros. En efeelo, el P. Gas par de Se,illa pretendía que 110 se exigiera el eonst•ntimiento del Prm incial respectivo, el cual d.ehía :,;olamenle dar (< la aprnha!'.ÍÓn y calificación l) ( 7), reser– vándose él la facultad de Ccil'orgerlo:,; y pre,;entarlos a Ja S. Con– gregación: << Y por 8Í alguno 1m1riere o se hallare impedido antes de la embarcación, snpplicamo;, humildemente a Vs. Eminencias se ;;irvan de darnos facultad para poder E<ohrogar otro, porque vaya ei número de doce cumplido ... TamhiPn (flte si algunos religio8o,, destas provin– cias de España descaren ir a esta nüssion ( de (;.uinca), los, pueda admitir el Provincial de Andalu<'Ía y pre,entarlos a la Sacra Congre– gación para alcanzar lo;; despacho5, lo qual ,e a de entender siempre que ayan de ir religiosos ,1 (B). (6ª1 El P. Gaspar de Soria con fecha 1.5 éeptiemhre de Hi:l2 escribía a Propaganda Fide qne si hi,!n S. Francisco autorizaba en su Regla a lo, PP. Pro– vinciales para enviar n1hdonero1-,, <( ya e~ta licencia ::--e ha •eoartado a N .P. Gene– ral, al qual habemos escrito qualro reli¡dosos Capuchinos que esto pedimos y nos ha remitido a esa S. Congregaeiún >J. Cf. Arch. Prop. Pide, Scritture anticlw, vol. 103, f. 41. (7) Carta de Ga-par <fo Sevilla a 1\Ions. Franci,eo lngoli, Antequera, 29 agosto 1645. Cf. Arch. Prop. Fide, Scritturc, antiche, vol. 110, f. 48. (8) Carta de los. Superiores Provinciales de Andalucía a la S. CongrP-ga– <'ÍÓn, Sevilla, 2.t octubre 16H. Cf. Arch. Prop. Pide, Scritture antiche, vol. 108, f. 76. En este sentido había también escrito Buenaventura de A.lesrnno a Mons, lngoli. Cf. ibid., vol. 123, f. 156. Y casi lo mbmo re1ietía en 1616 el P. Ful– gencio de Granada, rneesor del P. Gaspar. Cf. ibid ., vol. 145, f. 276.

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