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(65) ASPECTOS DEL 1\lOVIMIENTO MISIO:\'ERO (l618-l 6;"'i0) « solo el P. Vicario Provincial [Juan de Ocaña] y~o reparo y sentimiento de que la Provincia del Andalucía le sacaha los frailes (como y.a aLía Hehado otros dos) sin aLerle escrito ni dado cuenta de la orden <flW tenía para ello; y que ansí quería yr a hablar a el Señor Nuncio. El qual fué y le suplicó lo suspendiese hasta dar cuenta a la S. Congregaciún; y que tan hien e6ta provincia [de Casti– lla] deseaba sacar mis,,ión )> (29). Otra de las causas tenía sn fundamento en una cuestión de principio. ¿ La vida del misionero entre infieles era com– pa~ible con la observancia regular? En ca,;o de conflicto ¿ cuál debía prevalecer, o cómo debían hermanarse y subonliuarse? Tal era el problema que planteaba el P. Cristóbal del Moren– tin en su informe al Consejo de Indias; y como la legislación no lo había resuelto en concreto, él opinaha que debía pre– ferirse la observancia rigurosa de la Regla y Constituciones, y ya preveía una relajación de la disciplina religiosa. No es que rechazara sistemáticamente la obra de las misiones, cuyo t< in– :ento es sanctíssimo y de mucha edificación y provecho de la~ almas, porque es de predicar el sancto evangelio a los infieles y de instruirlos en nuestra sancta fee, y de propagarla si pu– diesseu en todas aquellas regiones )) ( 30) ; sino qnc no veía el modo de conciliarla con la vigente disciplina regular, sohre todo si se considera que los misioneros no vivirían en conven– tos, estando prohibida la fundación de casas religiosas a las Ordenes no consideradas como misioneras ( :n). Unos veinte añor más tarde los Superiores ,de Castilla protestaban ante el Consejo de ludías, que nunca se fundarían conventos formales, porque <e e] día en que la Religión fundare en las Indias des– caerá de la rectitud, entereza y observancia que oy tiene )) ( 32). En definiti.va , la conducta misional de los Provinciales de Castilla en este período, presupuesta una cierta intromisión y algunas rivalidades con Andalucía, estriba en una cuestión de principio todavía no resuelta por las leyes y se explica por el carácter de tutores de la disciplina conventual, que ex1gia jerarquía en las peticiones de los súbditos, y por la escasez de personal, de que por circunstancias contingentes estaban faltos. (29) Carta de Fr. Bartolomé del Prado a Propaganda, Toledo, 9 enero 1646. Cf. Arch. Prnp. Fide, Scritture antiche, vol. 110, f. 96, (:Hl) Véase d texto íntegro má;; aniba, p. 55-58. (311 De esta prohibición nos ocuparemos en otro capítulo. (321 Cf. FnorL.b1 DE RroNEGIIO, O.F.M.C.u•., Relacio1ves de las misiones de los PP. Capuchinos en las antiguas provincias españolas, hoy República <le Vene– zuela, t. I, p. 36 sig., Sevilla, 1918.

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