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CELEBRACIÓN DE LA INMACULADA 331 Es frecuente el caso de que el progreso de la teología haya hecho irrelevan– tes, innecesarias y hasta perjudiciales ciertas afirmaciones. En la Mariología tenemos algunos casos ilustrativos de lo que queremos decir cuando excluimos la referencia al pecado «original» de nuestro estudio sobre la Inmaculada. Durante siglos pensaron los teólogos cristianos que una de las manifestacio– nes de la Gracia en la historia de la salvación había sido la de poner el hombre-humanidad en estado originario «de santidad y justicia». Entendido como estado objetivo, real, histórico, según se desprendería de una lectura historicista, precrítica de Gn 1-2. Entonces es inevitable preguntarse por la relación de María con aquella situación histórico-salvífica. Así se ha hecho en la historia de la Mariología. Si se opta, como hoy día se va haciendo común, por dar una interpretación simbólica a la narración sobre el paraíso, entonces la referencia de María al estado paradisíaco de que habla la teología, o bien no suscita interés o bien cambia totalmente de sentido. Según opinión muy reci– bida entre los mariólogos, María, por razón de su inicial plenitud de gracia, habría tenido también el uso de razón desde el principio de su existencia humana, capaz de merecer ante Dios. Nuestra antropología teológica, nuestro modo de concebir la cooperación de María a la Redención, nuestro modo de concebir la acción de Dios en el mundo, nos permite dudar de la conveniencia y hasta legitimidad de plantearnos semajantes preguntas dentro de una Mario– logía científico-teológica. Salva reverencia a nuestro ilustres predecesores y sin querer presentarnos como más inteligentes que ellos. Menciono un hecho reciente, aleccionador para nuestro propósito. El año 1954, con motivo del primer centenario de la definición dogmática de la Inmaculada, se volvió a discutir vivazmente sobre la contracción/no contracción por María Inmaculada del famoso débito del pecado orginal. 17 Personalmente me decidía por la exclusión de todo débito del pecado original en María. 1ªra la opinión más común, aunque otros colegas podían tacharnos de maximalistas y, renovando objecciones de rriaculistas medievales, poco claros en la defensa de la universal redención de Cristo. Modestamente diría yo: los «anidebitistas» de entonces, no es que acertásemos con la solución, es que nos equivocamos menos que nuestros colegas debitistas. Ambos trabajábamos sobre presupuestos falsos. Nonimalmente contábamos con la existencia de la ley universal del pecado original y con un concepto no suficientemente desarrollado sobre el sentido 17 El vol. XI de la colección «Virgo inmaculata» publica algunos de los trabajos sobre el «debitum peccati originalis» en María así como la discusión que al respecto se tuvo en Roma el 29-30 de octubre de 1954: Virgo lnmacu!ata. Acta Conressus Mariologici-Mariani Romae anno MCMLIV celebrati. Vol. XI. De debito contrahendi peccatum originali in B. V. Maria, Romae (Acade– mia Mariana lntemationalis), 1957. Posteriormente ha historiado todo el desarrollo de esta cuestión Juniper B. CAROL, o.f.m., A History o/ the Centroversy over the «Debitum peccati», St. Bonaventura, New York 1978. Allí se ven los seculares esfuezos de los teólogos en torno a este famoso «debitum». Desde la perspectiva de la Mariología actual me earece no tiene ningún sentido seguir discutiendo esta impertinente cuestión.

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