BCCCAP00000000000000000001454
EL PUOBLEl\IA DE LAS VOCACIONES TllISlONEHAS .31!) 2. l,as personas religiosas. - Las personas religiotias que se han consagrado a Dios en alguno de los estados de perfección ;,neceútan una vocación especial para ser misioneras'! Para res– pornler eou exactitud a la cuestión conviene di,;tinguir tret'l espe– cies de Ordenes o de Institutos religiosos respecto a las misiones. l} Hay Onkrn'~ o Institutos fundados exclusivamente para la~ mi– ~iont'~. !'o;no lo, Oh!aios de !lforín Inmaculada, los del Verbo Divino, las Relif!io.rns Franciscmws M'isioneras de ltlflría. t'te. Los miembros que ¡wrinlí'ccn a c~to~ In,.titutos. t'll virtud de ~~1 profesión religiosa y (le laH oh]igacionPs IJW' implícita o ,,xplfritameute contraPn, podf'– mns .lecir qu<' Pstán obligados ¡;er se a ir a las misiones. Por tanto, ya inicialmente, por lo n1t·no,, ,w .~icni<'n con la vocación misionera y dispue~to~ a ;.;('guirla. 2) Hay Instiln!os y OnleIH';, que no son <'xclu,ivamente niibione– rn~, p,'ro 1kntro d1~ Mm, rt'µ;las y fumlaeión Pntran tamhih1 los füws misiow'ro,, com.o uno dP tanto~ fine,; principales. Esto~ mimuhros, en YÍrtnd dP la Regla, dP la kgislaciún y del .-oto dP olwdit'ncia, par,•ce 1¡w•, ,'H geiwra1, dclwn tt'ner tambi{:n la .-ocaeiún mi,doncra, por lo meiw,, implfritanH'nle. El Supnior po<lrá llamarlo.~, luego 1lC'bPn estar <li~pm'stos a obe– dc('cr. S. Franci,sco e.1 ~u Hegla eoncf'd(' lihertad para no ir, porque en ~n tiempo gn1eralmPntc las misiones enm muy difíciles y ;,upo– nian sanifieios heroico~. 3) En otra~ Ordem•s e Institutos no s1· habla de misiones, m en su legislación. ni cu ,ns Fmuladores. Lo~ rdigiows de taif's Ord<'IH'S per se no están obligados a dejar sub mona~tPrios y marcharse a las mi,ai«HH'~. En d ea~o •¡m' la S. S!'de mande construír mona~tt·rios de ülla conlernp lativ a t·n los paise,; dt> mi.ión. podría algún religioso ~Pr tran~frrido a dicho~ mmw~tPrio,.; panl continuar allí ~n vida eontcm– p lativa y de oraciún; pon1w· no haría má~ que ohed('Ct'r a las 1nismas leyp;; l'll un lugar .li,,tinto. Por tanto, tratándoh!' ele rdigiosos ~e han de considerar los cai-ms concn·to~. Di' t<,dos nwdo~. si alguno, aún rle lo~ ln:;titutos misimwros, no ~•' sientl' llamado por Dio~ y expPrinwnta rt'lmgnancia y dificul– tadc~ notable~, no ddw ~t'r n11n11lado; porque no daría hunws re,ul– tado~. La ¡wr~oua a,í enviada ~<' con~ideraría cou10 ca~tigada, y 1wco nlisionero: 1,,. no requiere en el hulirid~10 llanuanientos. solicitaciont1s o i,z."pira .. ciones del Espiri!u Santo lu1ci11 el apostolado núsionero, por no constituír esto necesariarnenl<' la vocación 1nisioneru, ni condirián indi.-;pPnsablP para la nzisnia; 5°. l':.Jed,) ir acon1ptul1ula. y frPt·1.u>nternPnte es así. de esas nzociones e llnpu.lsos del l:.,'spiritu 8anto y dp roces secretas dirinas, (Jll<~ producen (~n el alnza la ,·onl'Ü'cián de <¡ue Ps Dios. quiPn le llama al apostolado misionero. y así le invita a s<'guir esa vocación,, ICfr. l. c., p. -16).
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz