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LA ORDEN DE PENITENCIA DE S. FRANCISCO 21 l. EL MOVIMIENTO PENITENCIAL EN LOS SIGLOS XII Y XIII Ninguna institución humana viene a la vida por generación espontánea; brota cuando encuentra un ambiente apropiado e integra en sí los valores e inquietudes característicos de un determinado tiempo histórico. Esto, que vale para todo tipo de institución, tanto civil como eclesiástica, es también aplicable a la Orden de Penitencia de S. Francisco. No surge de la nada; se enraíza en una corriente espiritual que ha existido siempre a lo largo de la historia de la Iglesia. Así, pues, comencemos por considerar brevemente la historia y significa– ción del movimiento penitencial en la Iglesia, especialmente en los siglos XII y XIII. 15 l. La penitencia en la Iglesia antigua La Iglesia no se ha considerado nunca como una comunidad de santos y perfectos. Ya los escritos del N. T. nos muestran la existencia de pecados y desórdenes en la primitiva comunidad cristiana. El modo de salir de esta situa– ción era, y es, la penitencia, la conversión, la expiación. Esta era muy dura, en las culpas graves. Con el Pastor de H ennuc,, obra del siglo II, se impone el prin– cipio rigorista que caracterizará la evolución de toda la penitencia antigua: después del bautismo solamente es posible una penitencia; es decir, la penitencia no se puede repetir." Quien pecaba debía someterse a un período de expiación, el cual llevaba con– sigo una vida de mortificación, ayunos y limosnas. Pero lo más temible eran las prohibiciones e irregularidades en que incurría el penitente, y que persistían aún después de su reconciliación con la Iglesia. Los penitentes no podían ya prestar servicio militar en el ejército, ni practicar el comercio, ni recurrir a los tribu– nales civiles, ni asumir cargos públicos, ni ser admitidos a las órdenes sagradas; el estado de penitente exigía, además, la castidad perfecta perpetua. 11 Quien abandonaba el estado penitencial incurría en excomunión perpetua. El resultado paradójico de esta severidad de la institución penitencial fue que los pecadores se echaran atrás y que fueran posponiendo la conversión de sus pecados para más adelante. Por eso, en la práctica, el orden o estado de los penitentes acogía no tanto a los pecadores, cuanto a personas preocupadas por la perfección, que pedían libremente entrar en dicho estado, sin que hubieran cometido necesariamente pecados graves. Entraban en este estado mediante ritos humillantes, en los cuales se les imponía el cilicio, el vestido oscuro y de mala calidad de penitentes, el corte del cabello. Estaban bajo prescripciones que regu– laban toda su vida privada: mortificaciones, oraciones, ayunos, abstinencias, asistencia al rezo de las horas canónicas, vigilias prolongadas y, sobre todo, continencia perfecta. Estos cristianos entraban en un estado de muerte civil: prohibición de llevar armas, ejercer profesiones públicas, recibir cargos honorí– ficos, acudir a los tribunales, practicar el comercio, etc. " A. Pompei: II movimento penitenziale nei ss. XII-XIII, en Coll. Franc. 43 (1973) 9-40; Ilariano da Milano: La spiritnalita evangelica anteriore a S. Francesco, en Quademi di spiritua– lita francescana n. 6 (1963) 34-70: cf. un resumen en castellano en Sel Fran n. 1 (1972) 49-60; C. Carpento: Lo stato dei Penitenti nel "Corpus Inris Canonici", en M. d'Alatri: I Frati Peni– tenti, 9-19. 16 J. Quasten: Patrología, I, Madrid 1961, 97-109, espec. 101-103. 17 Cf. C. Vogel: II peccatore e la penitenza nella Chiesa antica, Torino-Leumann 1967, 36s.

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