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HIJOS DE DIOS, HERMANOS DE LOS HOMBRES 419 Jesús, que lava los pies a sus discípulos para enseñarles cuál debe ser el modo de ejercer la autoridad entre ellos (Jn 15, 14). Para Francisco, el Ministro no es una autoridad que refleje mimética– mente e{ comportamiento sociopolítico, sino que encarna la voluntad de la Fraternidad, para que le evidencie de una forma concreta las exigen– cias del proyecto de vida que han prometido, y les ayude a vivirlo con realismo. Por eso mismo, el Ministro, por cuanto es el garante de que la Frater– nidad se realice siendo fiel al Evangelio, no puede ejercer su oficio más que en la forma que la Fraternidad tiene de ser ella misma; es decir, sirviendo fraternalmente a los demás, sin apropiarse del cargo (Adm 4). 4. Los CUSTODIOS Las mismas razones que impulsaron a establecer las Provincias -la extensión de la Fraternidad- motivaron también la creación, dentro de ellas, de las Custodias. La función del Custodio en su territorio es la misma que 1a de los Ministros en el suyo: garantizar la fidelidad al Evangelio, expresado en la Regla, dentro de un marco de relaciones fra– ternas. La imprecisión original de los términos «Custodio» y «Ministro» al aplicarlos a responsabilidades concretas no merma la intención de con– ferirles un contenido bien preciso: el servicio y el cuidado de los her– manos, para que permanezcan en su opción de realizarse cristianamente desde las relaciones interpersonales que constituyen la Fraternidad. Todo su sentido radica en ejercer el cargo sabiendo que su función es espi– ritual. Alejarse de esta perspectiva evangélica, adoptando posturas y cri– terios «mundanos», es entrar en el círculo de la incoherencia, donde es imposible que la Fraternidad pueda adquirir su madurez por estar apo– yada en la desigualdad. s. Los GUARDIANES Los Ministros y Custodios, aun teniendo como función el servicio de los hermanos, quedaban un poco alejados del contacto directo y el roce diario de los frailes. Los Guardianes, por el contrario, eran la expresión más próxima de la autoridad dentro de los grupos itinerantes y, una vez asentados, de las casas o conventos. Lo mismo que el término «Custodio», su contenido es de vigilancia para que el grupo de hermanos pueda ser

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