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36 J. MICÓ Campello, habiendo fundado una Orden mixta de leprosos, se presentó a la Curia con el fin de que le aprobaran la Regla.2° Ante estos tres tipos de privilegios, la reacción de Francisco no era la misma. Por lo que se refiere al primero, es normal que lo aceptara, ya que los había pedido él mismo, o entraban dentro de sus planes, con el fin de asegurar el carisma con la aprobación de la Iglesia. En cuanto a los del segundo grupo, la cosa era diferente. Celano, en su Vida II, hace decir a Francisco, tal vez proyectando el agudo problema de su tiempo, lo siguiente: Nosotros hemos sido enviados para ayudar a los clérigos en la salvación de las almas, hasta el punto de suplir sus deficiencias. Cada uno recibirá su recompensa de acuerdo con el trabajo realizado, no con la autoridad ejercida. Sabed, hermanos, que a Dios le agrada el bien de las almas, y esto se puede conseguir mejor estando en paz con los clérigos que en discordia. Si son un obstáculo a la salvación del pueblo, la venganza pertenece a Dios y Él los castigará a su tiempo. Por eso, estad sujetos a los prelados para que, en la medida de lo posible, no se susciten celos. Si sois hijos de la paz, ganaréis para Dios al clero y al pueblo, lo cual es preferible a ganar solamente al pueblo, escandali– zando al clero (2 Cel 146). Francisco deseaba una dependencia total respecto al clero; de ahí que resulten extraños a su temperamento y voluntad los privilegios de exen– ción. La Leyenda Perusina trae la respuesta del Santo a la pregunta de unos frailes sobre la conveniencia de los privilegios: Cuando los obispos vean nuestra vida santa y nuestra humilde reverencia hacia ellos, los mismos obispos os rogarán que prediquéis y convirtáis al pueblo; ellos mismos lo exhortarán a que escuche vuestros sermones, mucho más eficaz– mente que lo harían vuestros privilegios, los cuales os conducirían al orgullo. Por mí no quiero otro privilegio que el de estar humildemente sometido a todos y, por obediencia a nuestra Regla, convertir al mundo más por el ejemplo que por la palabra (LP 20). Si rechazaba los privilegios colectivos, no habría de ser menos con los individuales. Los de Fr. Felipe y Fr. Juan logró anularlos, pero los Minis– tros tenían demasiada fuerza e influencia como para dejarse vencer. Sólo quedaba el recurso a la prohibición; prohibición fuerte en palabras -«mando firmemente por obediencia»-, pero impotente en efectos. De hecho, la carrera de los privilegios no hacía sino comenzar. A esta negativa de pedir privilegios, siguen una serie de concretiza– ciones sobre el modo y el objeto del recurso. No se deben pedir ni por sí mismos ni por intermediarios, es decir, a través de recomendaciones de personas influyentes que podrían defender el recurso y, al mismo tiempo, garantizar su éxito. Sobre el objeto del recurso, determina que no se pidan «para iglesia». Ya en la bula «Devotionis vestrae», del 29 de marzo de 1222, se concede 20 J. DE GIANO: Crónica, núm. 13; l.c., págs. 242-243.
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