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146 Jaime Rey Escapa seca libertad. El objeto del entendimiento es la verdad y el objeto de la volun– tad el bien 150 • Duns Escoto, protege celosamente la autonomía de la voluntad para asegurar la libertad del acto, exige inmediatamente el acuerdo de la voluntad al juicio de la inteligencia para conferir al acto un carácter moral 151 • Los juicios prácticos son aquellos que constituyen la recta razón o la nor– ma que el entendimiento presenta a la voluntad para conseguir rectamente su propio fin, que es el fin del hombre. El entendimiento ayuda a la voluntad a querer ordenadamente, y se apoya en la naturaleza de las cosas, que constitu– ye la ley natural, según la cual el entendimiento práctico debe juzgar de la bondad de las cosas como medio o como fin. A la ley natural es a la que lla– mamos conciencia: Por lo mismo digo que la conciencia está en el entendimiento, y si es actual, es el dictamen actual en el intelecto, y si es habitual, es el dictamen habitual en el entendimiento, y por lo tanto concuerda con la ciencia recta 152 • No parece posible que la voluntad pueda querer el mal como tal y odiar el bien como tal, porque su misma naturaleza tiende al bien: La voluntad no puede apartarse o no querer el objeto en el que no aparece nin– guna malicia ni carencia de bien. Pues, como es el bien el objeto de su voli– ción, el mal o la carencia de bien (que se reputa por mal) es el objeto de su no– lición 153. 150 Cf. E. BETIONI, Primato della carita e volontarismo francescano, en Quademi di Spiritualitii Francescana 11 (1965) 92-103. 151 E. GILSON, lean Duns Scot. lntroduction ii ses positions fondamentales, 605-606. 152 "Ideo dico quod conscientia est in intellectu, et si est actualis, est dictamen actuale in intellec– tu, et si est habitualis, est dictamen habituale, et ideo est concors scientiae rectae". Rep. Par., 11, d. 39, q. 2, n. 7 (XXIII, 206a). 153 "[••.] Voluntas non potest resilire ab obiecto sive nolle obiectum in quo non ostenditur aliqua ratio mali, nec aliquis defectus boni, quia sicut bonum est obiectum huius actus qui est velle, ita ma– lum vel defectus boni, quod pro malo reputatur, est obiectum huius actus, qui est nolle". Quodl., q. 16, n. 5 (XXVI, l88ab). Cf. Ord., IV, d. 49, q. 10, n. 9 (XXI, 332b-333a).

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