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94 José Ángel Echeverría comunicaba su elección) del P. Justo con medidas arbitrarias, lo que provocaría la oposición de los provinciales 280 • El P. Justo fue acusado en su provincia de Castilla, a los dos días de tomar posesión, por el vicario provincial, P. Antonino de Toro, y otros religiosos (PP. Lino de Cantalapiedra y Cipriano de Palencia) de haber quitado la jurisdicción al vicario provincial, de nombrar un comisario provincial y nuevo guardián de S. Antonio, y de no haber convocado el , 1 . . 1281 cap1tu o provmcm . El nuncio, en otro despacho al cardenal secretario, fechado en Madrid el 31 de julio de 1824, criticaba la circular del P. Justo en la que comunicaba su elección a todos los religiosos. En primer lugar porque se titulaba vicario general por la gracia de la Sede Apostólica y del rey Femando VIl, mientras todos los otros generales o vicarios generales lo hacían por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica, o dejaban esta formula, más propia de los obispos. En segundo lugar, en cuanto a las disposiciones tomadas, decía que "l'illegalita e la nullita" eran claras y que todos los religiosos de Madrid se habían opuesto a ellas. Por otra parte había tomado posesión del cargo con "irritanti maniere", y no habitaba donde habían habitado sus antecesores en el cargo (San Antonio), sino en un hospicio (La Paciencia), donde se estaba fabricando un apartamento "alieno dalla severita e scrupulosa poverta del suo Istituto". Pedía que no se le concedieran facultades, y preveía que acabaría indisponiéndose con el gobierno y con el consejo de Castilla 282 . Los problemas entre el nuncio y los religiosos por una parte, y el vicario general por otra, continuaron todavía algunos meses. Así lo vemos en un despacho del nuncio al cardenal secretario, fechado el 31 de agosto, en el que 280 ASV, SS Esteri 434, 1º. En la contestación del cardenal secretario a este despacho, Roma, 30 julio, alude a otro despacho del nuncio del 10 de julio en el que se decía que el P. Justo había promovido instancias para obtener facultades para nombrar provinciales, definidores y guardianes. El cardenal comunicaba que el Santo Padre había ordenado a los distintos dicasterios que ante cualquier petición del P. Justo informaran a la secretaría de Estado. Los cardenales responsables de varios dicasterios habían respondido diciendo que no habían recibido ninguna instancia del P. Justo pidiendo tales facultades, ASV, ANMadrid 272, ff. 199-200. El nuncio el 31 de agosto le agradecía al cardenal que hubiera tomado esas medidas, !bid., f. 205. 281 ASV, SS Esteri 433, fascicolo 3º. 282 ASV, SS Esteri 433, fascicolo 3º.

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