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El capítulo general de 1830 153 provincial y lo trasladaba al convento de La Magdalena (Valencia), bajo pena de excomunión mayor ipso facto incurrenda 439 • El provincial protestó el decreto del P. Juan de Valencia 440 , y Gracia y Justicia suspendió los efectos de dicha orden el 7 y el 14 de abri1 441 • El 24 de abril el nuncio comunicaba al P. Juan de Valencia un despacho del prefecto de la congregación de Obispos y Regulares, cardenal Odescalchi, ordenando que se tomara una medida definitiva que acabara con el escándalo del público. Por última vez se debía amonestar paternalmente a los referidos religiosos "como si fuese la postrera monición canonica, poniendoles un perpetuo silencio a toda otra reclamación". Correspondía al nuncio absolverlos de las censuras e irregularidades en que podían haber incurrido, pero si alguno violaba este mandato con hechos o con escritos sería castigado según las constituciones de la Orden "hasta la suspensión del Oficio inclusibamente [sic] y privación de voz actiba y pasiba". Los modos de ejecución se dejaban al nuncio 44 2 . El P. Juan de Valencia remitió el 28 de mayo al consejo las resoluciones de la congregación 443 , pero la consulta se archivó al suprimirse el consejo a raíz de la muerte del rey el 29 de septiembre 4 44 • Parece que la situación se solucionó con la celebración del capítulo provincial de Castilla en septiembre de 1833, aunque dicha reunión también 439 !bid., (copia). 44 ° Certificación firmada por Fr. Sotero de Albalate, José de Ocaña y Damián de la Seca, Madrid, 6 abril 1833, !bid. 441 Comunicación de Gracia y Justicia al P. Antonio de Albayda, Madrid, 7 abril 1833 (firmaba Juan Gualberto González), !bid. El 9 de abril el P. Antonio de Albayda expuso al rey que había sido imposible actuar con medios pacíficos, y que dicha actuación se acoplaba pett'ectamente a la resolución del consejo del 22 de febrero. El P. Antonio de Poyos, secretario del P. Albayda, también elevó ese mismo día otra exposición al rey del mismo tenor, !bid. Con todo, Gracia y Justicia comunicó al presidente del consejo, Madrid, 14 abril 1833, que se suspendía toda resolución, !bid. El consejo, con fecha 27 de abril, pedía al P. Antonio de Albayda y al P. General que comunicaran todas las diligencias que hubieran realizado en este asunto, !bid. 442 !bid. 443 !bid. 444 !bid. El 14 de agosto 1833 el P. Villaumbrales se dirigía de nuevo al rey pidiendo se le oyese en tribunal y se le entregara el expediente que se le había formado. El mismo día el P. Buenaventura de Cañaveral se dirigía también al rey pidiendo que se atendiera la petici6n del provincial, AHN, Consejos, Leg. 12.037.

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