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«SED HOC NON CAPIO»: LO QUE DUNS ESCOTO NO ENTENDÍA 601 Otra objeción se funda en que todo lo que puede encontrarse formalmente en Dios, puede ser Dios (tiene, pues, que no distinguirse de Dios). A esto se responde que una cosa puede estar en Dios de dos modos: o formalmente u objetivamente. Lo que está en Dios del primer modo, es necesariamente Dios y necesariamente está en Él con entidad real. Pero lo que está en Dios del segundo modo, no está en Él necesariamente, pues es solamente objeto secundario. Por lo que ni el acto exige ni pre-exige tal objeto y, por tanto, el acto divino - entender o querer - es necesario respecto del primer objeto, pero no es necesario respecto o por razón del segundo objeto 51 . Escoto procede a una especie de recapitulación de las dificultades y respuestas. En primer lugar se afirma que Dios conoce de antemano y de modo inmutable todo cuanto será futuro contingente. La razón es que en Dios enten– der y querer se identifican con su esencia y son por ello inmutables. Se insiste en la dificultad de que Dios, sin cambio, pueda al mismo tiempo conocer una realidad y su contradictoria (su futura existencia y no-existencia). A esto hay que decir que Dios no conoce una cosa después de su contraria, porque desde la eternidad conoce simultáneamente ambos extremos. Las dificultades para entender la diferencia entre inmutabilidad y necesidad en el pensamiento y la acción divina encuentran un punto llamativo en la pregunta de Escoto 'si es posible que un predestinado se condene'. Algunos dicen que hay una proposición en que se debe hacer una distinción y otra en que no. Pues en la proposición sobre lo posible se ha de diferenciar del modo siguiente: 'Es posible que un predestinado se condene', o 'es posible que un predestinado, como previsto, se salve'. Pero la proposición real 'Dios ha predestinado a Pedro para que se salve', no se puede diferenciar porque es sim– plemente verdadera 52 • 51 "Ad tertium, quando dicitur quod 'quicquid potest esse in Deo formaliter, potest esse Deus', dico quod aliquid potest esse in Deo dupliciter: ve! formaliter ve! obiective. Quod primo modo est in Deo, necessario Deus et necessario est in eo entitate reali. Quod autem secundo modo est in Deo, non necessario est in eo, quia tale est in eo obiectum secundarium. Unde nec actus exigit nec praeex.igit tale obiectum, et ideo actus divinus sive intelligere sive velle est necessarius respectu primi obiecti, sed non est necessarius respectu ve! ratione secundi obiecti" (l b., n. 70). 52 "Ad tertiam quaestionem, de quadragesima distinctione, quando quaeritur 'utrum sit possibile praedestinatum damnari', aliqui dicunt quod una propositio est distinguenda et alia non. Nam illa de possibili est distinguenda, scilicet haec: 'Possibile est praedestinatum damnari', ve! ista: 'Possibile est praedestinatum salvari praescitum'. Illa autem de inesse non est distinguenda, haec scilicet: 'Deus praedestinavit Petrum salvari', quia simpliciter est vera" (lb., n. 75).

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