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UNA INVESTIGACIÓN CLAVE EN LA HISTORIA DE LA TEOLOGÍA 663 tinción entre bonum en cuanto tal y bonum meritorium la cuestión sobre la gracia se alejará de la posición agustiniana. Los maestros de la primera mitad del s. XIII tienen a disposición las Sententiae de Pedro Lombardo y la recepción de conceptos aristotélicos. Guillermo de Auxerre piensa que el hombre, sin la gratia gratumfaciens puede realizar obras de genere bo– norum, pero no actos meritorios. Considera la gratia gratumJaciens como un habitus superadditus naturalibus, idea desarrollada por Alejandro de Hales con el concepto de gratia creata. Guillermo de Auvergne acentúa la importancia de la gracia sobre el libre albedrío para realizar actos meritorios, gracia necesaria para "elevar" al hombre por encima de su naturaleza a unafides salutaris: Medio nobilius que el conocimiento y fe natural que sería esbozo del concepto gratia medium, desarrollado después por Juan de la Rupella y Alejandro de Hales: la gracia es un medio entre el ser humano y Dios. Aquí J. M . W. escribe: "Los temas de la elevación de la naturaleza humana a nivel sobrenatural y la deificación del hombre por la gracia se unirán - parece que por primera vez - en el pensamiento de Juan de la Rupella y de Alejandro de Hales, y luego en la escuela franciscana" (183). La obra de Felipe el Canciller (Summa de bono: De bono naturae - de bono gratiae) es una contribución genial a la teología de la gracia al tratarla bajo el aspecto de la causalidad: Dejfinitur autem gratia secundum causas dif.{erentes, y al aplicar a la misma el concepto aristotélico de las cuatro causas. "La gracia es dada gratuitamente (causa eficiente), que hace grato al que la tiene (causa formal) y convierte en grata la obra (causa formal-material?) en orden a la bienaventuranza (causa final) . La gracia es un quid que perfecciona las potencias del alma, una cuasi-sustancia en relación con los actos particulares de las virtudes, es la base ontológica para tales actos. Se pregun– ta si la gracia como forma depende del sujeto que la recibe. Lo sería, no como causa eficiente, que es solo Dios, sino a modo de causa material. De las cuatro categorías de gracia - praeveniens, subsequens, operans, cooperans - le parece que sería suficiente la 'praeveniens'. De modo particular J. M. W. procede a una presentación "completa" de la doc– trina de la gracia en Juan de la Rupella, por su conexión inmediata con Alejandro de Hales. Son dos las obras sobre el tema: Quaestiones de gratia y Tractatus de gratia. En las Quaestiones, sin orden apreciable, se pregunta si es posible amar a Dios con amor natural (sine gratia), si es posible conocer la verdad revelada (verum increatum), y si es posible evitar todo pecado sin la ayuda de la gracia. Otras cuestiones tocan el origen, finalidad de la gracia, sujeto de la misma, etc. Cuestiones parecidas son las del Tractatus. La necesidad de la gracia es vista desde la perspectiva del dador y del des– tinatario. ¿Estaría Dios obligado a conceder la gracia al hombre en estado de culpa, si por su parte hace todo lo que es necesario para recibirla? Es la cuestión delfacienti quod est in se ... Cierto, la gracia es un don gratuito y libre de Dios. Se trata de la fide-
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