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420 FEDERICO R. AZNAR GIL - Enseñanza en lengua indígena Se dispone en segundo lugar, que esta instrucción de la doctrina cris– tiana no sólo debía ser adaptada catequéticamente a las posibilidades de comprensión de los indígenas sino que, para mayor garantía de que éstos efectivamente entendían y comprendían la instrucción, debía ser hecha en su propia lengua nativa: 'Y porque los adultos que se quieren baptizar, pues se obligan a guardar las cosas de nuestra Santa Fe Catholica, es justo que en– tiendan lo que en el Santo Baptismo reciben y sepan lo que en el Cathecismo se les pregunta, mandamos a los sacerdotes que bapti– zaren a los tales que las preguntas del Cathecismo que se les hicie– ren se les hagan en lengua que ellos entiendan y ellos propios res– pondan a lo que se les preguntare ... ' (74) Norma que, como en el caso anterior, reproduce otra constitución del primer concilio provincial limense de 1552-53 (75). - Libre voluntad Explicada la doctrina cristiana a los indígenas, y comprendida suficien– temente por éstos, teóricamente se encontraban en disposición de optar libremente por recibir el bautismo o por rechazarlo. Claramente puede apreciarse como éste era el punto crucial de cara a garantizar que el bau– tismo se recibiera con las suficientes garantías externas, al menos, de no coacción. Y el sínodo de Bogotá regula cuidadosamente esta delicada cuestión. Comienza el texto del sínodo bogotense exponiendo la doctrina cristiana sobre la libertad en la conversión y constatando algunas prácticas contrarias a la misma: 'Y por quanto conforme a la doctrina de nuestro Maestro y Re– demptor Jesuchristo ninguno debe ser compelido a recibir nuestra Santa Fe Catholica, sino persuadido con la verdad y libertad de ella y con el premio de la b1enaventuranza. Y somos informados que algunos inconsideradamente baptizan Yndios e Yndias que tie– nen ya uso de razón.. .' Se exponen a continuación, en forma indirecta los requisitos estable– cidos para poder bautizarles: '...sin examinallos si vienen de su voluntad o no por temor o por contentar a sus amos, y assi mismD baptizan a otros que no tienen (74) Ibid., c.10. (7 5) Primer concilio provincial limense, 1552-53, cons. indios, c.5 ad finem.

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