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74 APÉNDICE I ministerio; y débese tener en cuenta que el Concordato en este punto dice: « en el ejercicio de su actividad sacerdotal», por lo cual se dife– rencia de los demás Conc·::-rdatos que tienen disposiciones en este mismo sentido. F) AUSTRIA (1). El 18 de Agosto de 1855 se celebró un selernne Convenio entre Su Santidad P[o IX, de feliz memoria, y el Emperador Francisco José I, con el objeto de conservar la Fe y aumentar la piedad en Austria. Pero apenas pasados trece años, esto es, en 1868, el Gobierno empezó a dictar leyes relativas a ,3iertos negocios eclesiásticos, matrimonio, libertad de cultos, etc., dispcsiciones que fueron condenadas por Pío IX en su alocución Consistorial del 22 de Junio de 1868. Por fin, el 30 de Julio de 1870 fué denunciado el Concordato, y después se dieron muchas leyes acerca de varios negocios eclesiásticos. La Santa Sede, por su parte, jamás reconoció la denuncia del Con– cordato ni tales leyes. No obstante todo esto, gracias al Emperador de Austria, pudieron conservarse las relaciones con la Santa Sede, como lo declaró el Santo Padre al Cardenal Rampolla en carta del 15 de Julio de 1887. Terminada la guerra nu;_ndial surgió la República Austriaca, la cual por la Constitución del 1 de Octubre de 1923 reconoció muchos derechos a la Iglesia, sobre todo, su libertad. Pero estando en vigor las leyes de 1868 y de 1874, :iízose necesario un Concordato. Las ne– gociaciones empezaron el 17 de Mayo de 1931 y el solemne Convenio fué firmado el día 5 de Junio de 1933 y ratificado el 1 de Mayo de 1934. Plenipotenciarios fueron: p0r la Santa Sede Su Eminencia el Car– denal Eugenio Pacelli, Secretario de Estado de Su Santidad Pío XI, y por el Gobierno del Austria e,~ Canciller Federal Dr. Engelbert Dollfus y el Ministro de Justicia Dr. Kurt Schuschnigg (2). LA RELIGIÓN CATÓLICA Y SUS DERECHOS EN EL CONCORDATO Am,TRIACO. En el primer artículo del Concordato de Austria se enuncia un principio análogo al de los dec:nás Concordatos, en cuanto se asegura y garantiza a la Iglesia Roman-'IL, en sus varios ritos, el libre ejercicio de su poder espiritual y de 831. culto. (1) A. A. Sedis, t. XXVI, 1954, p. 249-283. (2) RESTREPO RESTREPo, ob. ci!., p. 620 y ss.: PERUGINI, ob. cit., p. 262; PARSY, ob. cit., p. 109 y ss.

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