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LA RELIGIÓN CATÓLICA EN LOS PRINCIPALES CONCORDATOS 71 régimen fascista no ha destruído el Estatuto fundamental, y el origen del Concordato no ha sido la diversidad de religiones que se profesaran en Italia, sino el resolver la llamada « Cuestión Romana ». La « cuestión romana» surgió desde que las tropas Italianas entra– ron en la Roma Pontificia el 20 de Septiembre de 1870. Para dar satisfacción a las Potencias extranjeras, se dieron las Leyes llamadas « Guarentigi'e », las cuales reconocían la independencia del Santo Padre y la extraterritorialidad del Vaticano. Pero tales disposiciones jamás fueron aceptadas por los Pontífices, los cuales siempre protestaron, desde Pío IX hasta Pío XI (1). Desde 1870 los Pontífices, en señal de protesta, jamás salieron del Vaticano ni dieron la bendición desde la «Logia», como era costum– bre, hasta que Pio XI, renunciando a esta privación, dejó presentir augurios de paz y conciliación. Por parte del Estado se cumplían las palabras de l!-,rancisco Crispi cuando dijo: « El hombre de Estado más grande será el que resuelva la cuestión romana »; la cual expresión se cumplía cuando Italia llegó a tener por Jefe del Gobierno a Benito Mussolini. Así fué cómo el tratado de Letrán se firmó el 11 de Febrero de 1929 y fué r11tifi.cado el 7 de Junio del mismo año, entre los Plenipo– tenciarios, por parte del Santo Padre, su Eminencia el Cardenal Pedro Gasparri, y por el Gobierno Italiano su Excelencia Benito Mussolini. El pacto de Letrán consta de tres tratados: 1 º uno por el cual se resuelve la cuestión Romana; 2° el Concordato complemento del Tra– tado, y 3° ur.a Convención financiaría (2). LA RELIGIÓN CATÓLICA Y SUS DERECHOS EN EL CONCORDA'l'O ITALIANO. Debemos empezar por el artículo 1 del Tratado, el cual reafirma el artículo 1 del Estatuto del Reino antes citado, por el cual la Religión Católica, Apostólica, Romana es la sola Religión del Estado. En el Ar– tículo 2 del mismo tratado, Italia reconoce la soberanía de la Santa Sede en el campo internacional, como inherente a su naturaleza en confor– midad de sus tradiciones y con las exigencias de su misión en el mundo. En el Concordato propiamente dicho se confirma en este punto el a1·tículo del Tratado, y en conformidad con él se promete asegurar el (1) Pio IX con la Enciclica Respicientes; León XIII con la Inscrutabili del 21 de Abril de 1878; Pio X oon la E supremi apostolatus cathedra de 4 de Octubre de 1903; Benedicto XV con la Ad Beatissimi de 1º de Noviembre de 1914 y Pío XI con la Ubi arcano 23 de Diciembre de 1922. (2) RESTREPO RESTREPo, ob. cit., p. 204 y ss.; PERUGINI, ob. cit., p. 93 y ss.; GrANNINI, op. cit., t. II, p. 47 y ss.; PARSY, op. cit., p. 120 y ss.
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