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LOS CtrATRó PRIM:E:ROS ARTÍCULOS DEL CONCORDATO 63 B) Fac.tltad o capacidad de adquirir y administrar bienes q_ue compete a la Iglesia como persona jurídica. Esta capacidad que compete a la Iglesia por derecho divino, en. cuanto es sociedad perfecta,, y que el Estado ha reconocido implícitamente en este articulo, está expresada de un modo más preciso en el artículo V del mismo Concordato, por lo cual dejamos esta materia para tratarla en su proprio lugar, es decir, en el Capitulo primero de la Sección siguiente. CONOLUSIÓN Hemos estudiado el significado jurídico del Concordato Colombiano del 1887 en lo referente a la Religión Católica y a sus derechos. Como hemos observado, los cuatro artículos que a estas materias se refieren en él tienen su fundamento en los artículos 38 y 53 de la Constitución de 1886 y en otros actos legislativos expedidos después de la misma. Así pues, el Con– cordaw es en este punto la expresión de la voluntad de un puebl,) que en su casi absoluta mayoría es Católico, manifestada por medio de sus legisladores. For espacio de 50 afios han regido estos principios católicos, fundamento de los cuatro primeros artículos del Concordato, y durar.te todo este tiempo se ha observado el mantenimiento de esos :;irincipios en las manifestaciones de catolicismo hechas por las Primeras autoridades de la República y por los Represen– tantes del pueblo. En efecto: es digno de recordarse que en 1888 tenenos la Ley 128 del 26 de Noviembre, expedida siendo Pre– sidente el Sr. Carlos Holguín, por la cual se fijaba un día del afio, de un modo especia,I, para dar testimonio de reconocimiento al Todopoderoso. Al terminarse el siglo XIX, todos los pueblos del :nundo tributaron honor al Redentor de la humanidad; Colombia, como católica, se unió a ese acto de homenaje con la Ley 26 de 8 de Noviembre de dicho año, mandando además erigir un monumento en la Catedral de Bogotá.

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