BCCCAP00000000000000000001373
LOS CUA!l'RO PRIMEROS ARTÍCULOS DEL CONCORDATO 57 Así lo ha demostrado la experiencia durante medio siglo, en el cual ha reinado la más íntima cordialidad entre las auto– ridades eclesiásticas y civiles. En consecuencia debemos concluir diciendo que el respeto solemne que las autoridades de la República deben a la legis– lación canónica en virtud del artículo III del Concordato pode– mos reducirlo a los siguientes principios: l. que el Estado en su legislación debe tener en cuenta las leyes de la Iglesia, para no ir contra las disposiciones de ésta; y 2. que en caso de con– flicto, sobre los efectos temporales separables de la sustancia de la cosa, las autoridades de la República deben ponerse de acuerdo con las autoridades eclesiásticas y de ningún modo resolver el asunto aplicando las leyes civiles, sin ninguna distinción. AwrÍcULO 4. - Significado jurídico del Artículo IV del Concordato. 'Texto. « En hi Iglesia, representada por su legítima auto– ridad jerárquica, reconoce el Estado verdadera y propia personería jurídica y capacidad de gozar y ejercer los derechos que le corresp 1 mden ». Al estudiar el significado jurídico de este artículo, debemos considerar: 1 ° la personalidad jurídica que compete a la Iglesia y a las diversas personas morales eclesiásticas; 2° las disposiciones legales que a este respecto se dieron en Colombia antes del Concordato; y 3° la Legislación concordataria y su significado. § l. - Personalidad jurídica de la Iglesia y de las demás personas morales eclesiásticas: La Iglesia Católica, en cuanto es una sociedad perfecta, goza por su misma naturaleza de personalidad jurídica. En efecto: siendo ella una sociedad suprema, uo existe ninguna otra su– perior de la cual pueda participar tal personalidad jurídica, y estando ordenada por derecho divino a existir y obrar con todos sus necesarios derechos y facultades, para procurar el bien co– mún en el orden espiritual, viene la Iglesia a quedar constituida por el mismo derecho divino, como sujeto de derechos, o sea, tie:ue y goza de su personalidad jurídica.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz