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INTRODUCCIÓN HISTÓRICA l. - LAS RELAOIONES ENTRE LA IGLESIA Y EL ESTADO EN ÜOLOMBI.A. EN LA PRIMERA ÉPOO.A, ESTO ES, DESDE LA INDEPENDENOIA HASTA 1853. A) La Nueva Granada emancipada y sus relaciones con la S. Sede. . Las relaciones entre la Santa Sede y el Reinó Español \estaban reguladas por el. Conoordato del 11 de Enero de 1753. Tales relaciones no debían ser interrumpidas por la Inde– pendencia Americana, así f'ué cómo desde los primeros albores· de la emancipación se pensó, ante todo, en ponerse en contacto con la S. Sede. En efecto, ya desde al año 181 O, después de la Revolución del 20 de Julio, la Junta Supremá tuvo el propó- ' sito de dirigirse al Romano Pontífice con el fin de celebrar un Concordato (1). El Acta de Federación de las Provincias Unidas, suscrita en Bogotá el 27 de Noviembre de 1811, en su artículo 41 decía: « Entre las relaciones exteriores que deberá mantener el Con– greso será una, y de más estrecha recomendación que en esta parte le hacen las provincias, las de la Silla Apostólica, etc. (2). La segunda Constitución de Oundinamarca y primera de la República declaró eh su Titulo I, N. 5, que en la mayor posible brevedad y ,con preferencia a toda otra negociación se tratare de establecer correspondencia directa 0011 la Silla Apostólica y negociar con ella un Concordato (3). El Congreso General de las Provincias Unidas expidió en Santafé una Ley del 2 de Octubre de 1815, en la cual disponía (1) RAIMUNDO R1ns, Escritos de Dn. Pedro Ferndndez Madrid, t. I, p. 841. (2) PoMBO Y GuERRA, Constituciones de Colombia, t. I, p. 170. (8) PoMBO Y GUERRA, ob. cit., t. I, p. 813 y 814, l

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