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darnos no sólo en él trato personal, en las visi– tas a familias y enfermos, y,, con mucha mayor razón, én el confesonario { 123, 125), .sino tam– bién en las cartas. Scripta manent. (Lo escrito se conserva.) Y esto aun cuando ,se• trate de per– sonas ipiadosas y religiosas. «Se puede uno tam– bién quemar los ,dedos con un ,cirio hendito». Por esto nuestrás :Constituciones encare:Qen a los supérior,es que tengan gra:n: cautela y pru– dencia en la aceptación, del euldado espiritual de conventos de monjas y en la aprobacióIJ d:~ confesores ,de religiosas (234): Además; ,<}eter– rninan' que «los frailes no·vayan·a ningún n:io– nastério o casa donde viven religie:sas eno ,comtr– nidád! Sin expresa• licencia '.,de los superiore.s: lo-: cales», y . que esta licenéia se .,conceda ?Sólo•·• «a frailes probados y maduros eh C! 'l.SO de necesb da:d o gran conveniencia espiritu!'l.L En cuanto al ingr,e~o en monasterios de .monjas, tengan pre– sente los confesores de las mismas, y en. gene– ral todos los frailes, las leyes de la Iglesia y el precepto de la Regla» (235). bY •·P,ero nuestro retraimiento frente:\ a Ja mu.,. jer no, debe tener su fundamento sólo en el ,te– mor y en una inseguridad y timidez interna; y menos aún en una ansiedad convulsiva, ¡¡,nté.s bien, debe radicar ·en un sincero y fiel respeto ante la dignidad: natural y sobrenatural de la mujer. Entonces resulta sin afectación, es, una defensa para nuestra castidad y edifica. De Jo contrario, fácilmente estimula a unos a mofa y proced•er atrevido y despierta en otros, e11 nobles damas, un sentimi,ento de inferiorida9, represivo, como si su naturaleza fem,enina fue.,. ra para los sacerdotes y religiosos como fuego en la pro-ximidad de un depósito de :pólvora. · - 213 -

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