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dado 'de los enfermos lo hiciera manifiestamen– te necesario 14 • La Regla definitiva de 1223 repite en los capítulos segundo, ,cuarto ry ,quinto la se– vera prohibición ,diel dinero, pero para los casos de necesidí;td que acaso puedan presentarse. toma aquí otros .medios: r«iPara las necesidades de los enfermos y para vestir a los fraües, los l\,finis– tros solamente y 'los Custodios tengan solícito cuidado, según los lugares y Uempos, y frías re– giones, así como la necesidad vieren ,que lo de– manda; aquello siempre salvo que, como rdi•cho es, no reciban dineros ni pecunia~ (c. 4). De todo esto se adivina claramente ,cómo nues– tro santo Pactr,e trató por una parte de mantener alejado de su Orden por todos los medios el uso del dinero, y por otra, de proveer también a las apremiantes necesidades de los frailes. La prohi– bicióp del dinero fué para él, como escriben nues– tras rponstituciones, una «cuestión ,del cora– zón» (85}. En ,el dinero, con su poder deslumbran– te y seductor sobre ,el corazón del hombr.e reco– nocía ahora de nuevo instintivamente e'1 mayor peligro para su amada pobreza ·evang,élica, en la cual había fundado su 01\den, y por co11siguiente también el riesgo más fuerte para la existencia de esta Orden. ¡Cómo le ha dado la razón. lahi.s.., toria, tanto en las provindas y conventos ,como en la vida de los individuos! Precisamente en re– lación con la prohibición del dinero ,escriben nuestras Constituciones ,estas serias palabras: «La experiencia ,enseña que cuando el Fraile Me– nor desecha de sí la santa pobreza pronto cae en otro vicio enorme y abominable» (86), .APLICACIÓN.-Es importante ver claro el pro– fundo sentido y la verdaderamente decisiva im– portancia de la prohibición del dinero die nues- - 154 -

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