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mado los primeros franciscanos sobre el jurídico de su legislación fundamental : la bula Quo ( 28 septiem- bre 1230) del gran amigo y consejero del Santo Patriarca, Gre– gario IX. L Perplejidades de la Orden en J230. Transcurridos apenas cuatro años después de la muerte de san Francisco reinaban ya entre los religiosos no pequeña,s dudas sobre el contenido de la Regla que para ellos había redactado. Los más antiguos documentos están concordes en afirmarlo ( 2). No faltaban quizás motivos suficientes para la intranquilidad de los frailes. A los privilegios y carta,s de recomendación conse– guidos en vida de san Francisco se añadieron otros nuevos bajo el impulso de los letrados y la anuencia de la Santa Sede. Eran en cierto modo necesarios para llevar a feliz término la evolu– ción comenzada ante la, misma del Santo, para co– rresponder dignamente a las esperanzas que la Curia Romana había colocado en la nueva familia religiosa. Mas los franciscanos no estaban tranquilos. Aún hacía de– masiado poco tiempo que su en trance de muerte y con frases enérgicas, había ordenado en su Testamento y en virtud de santa obedíencia que se atrevieran a pedir nin– guna concesión pontificia en favor de iglesias u otros lugares, aun cuando adujeran para ello motivos de predicación o las persecuciones a que estaban muchas veces expuestos (3), Sobre esta y otras cuestiones dudosas quisieron ponerse de acuerdo en el capítulo general de Asís de 1230; pero un nuevo escollo vino a turbar sus conciencias: el Testarnento prohibía que se glosase la Regla. Juan Parenti, ministro de 122'7 a 1232, gmn cono- cedor del derecho, se esforzó por convencer a sus súbditos de que la legislación era lo suficientemente clara; lo único que debía añadirse e,ra la observancta literal de sus prescripcio– nes (4). No convencieron a todos los argumentos y creció así (2) Cfr., v.gr ., THOMAS DE ECCLESTON, Líber de adventu Fratrum Minorum in Angliam, en ,4nalecta Franciscana 1(1835),242; Chronica XXIV Generalium 0rdinis Mi– norum., en Ana!.Franc. 3(1897),213; WADDINGUS L., knnales Minormn, vol.II , ed.3. l.d Claras Aquas 1931, p.274s. Para la histoYia de este período consúltese GRATIEN [DE PARISJ, O.F.M.CAP., Histoire de la Fondation .et de l'évolution de l'0rdre des :'réres Mineurs au Xllle siecle, París 1928. Es el mejor compendio sobre la materia. De )l nos servimos para los ligeros datos históricos que señalamos. Véase el excelente y noderno Manual de Historia Franciscana de LAZARO DE ASPURZ, O.F.M.CAP., ll:adrid [1945l. (3) BURKHARD MATHIS [VON WOLFENSCHIESSENJ, O.F.M.CAP., ha estudiado los privilegios concedidos por !os Papas hasta el concilio de Vienne, en su obra, Die Pri– vilegien des Franziskanerordens bis zum Konzil von Vienne (1311), Paclerborn 1928. (4) Chronica XXIV Oeneralium 0rdinis Minorum, en Anal.Franc. 3(1897),213. 90

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