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2. Reglas escritas en los siglos XII y XIU. a) .La Charta Caritatis. Queriendo el abad san Ruperto observar a la letra la Regla Benedictina, ante la oposición de gran parte de sus súbditos, dejó su abadía de Molesmes y con algunos que le siguieron fundó el llllonasteriurn Novum, que había de ser la cuna de la Orden Cisterciense. Bajo el priorato de Alberico compuso la nueva far milia religiosa sus primeros estatutos, que, completados y per– feccionados por el abad Esteban Harding ( elegido en 1108), más tarde se llamruon Charta Caritatis. La brevedad de su extensión, consta de cinco capítulos, no amengua su extraordinario mérito. Fué aproba,da por Calixto II en 1119 y por Eugenio III, en su Sacrosancta Romana Ecclesia ( 1 ag·osto 1152 ), siendo la primera Regla cuyo texto se intercaló íntegro en la bula de aprobación e influyendo grandemente desde entonces en l.a vida monacal 038). Usa con frecuencia los presentes de subjuntivo para imponer las prescripciones, come lo hará después el Seráfico Padre: ob– servent, teneant, possideant, faciant, comedat, visitent, abbatem eligant... (139). También forma frases vigorosas con Ios verbos audere, cavere, praesumere ( 140 ), que no desmerecen en energía de algunos preceptos de la Regla F 1 ranciscana. No trae el tér– mino teneri y sólo alguna vez usa el praecipere, sin que pueda compararse con los empleados por aquélla (141). En su conjunto la Charta Caritatis es más suave que la le– gislación franciscana. b) .Reglas de Inclusos. Pasamos por alto las llamadas Reglas de Inclusos, o porque fueron compuestas antes del siglo XII, como la más célebre, la del presbítero Grimlaico (s.IX ), o porque, a pesar de su impor•• tanc.ia , su terminología no ofrece puntos de i:1,1terés para no– sotros, por carecer de cláusulas vigorosas y de los dos verbos que pri.ncipalmente estudiamos, en forma digna de considera, ción (142). (138l MAZON, o.e., p.110-113. Hemos consultado la edición de PL 166,1377-1384. (139l Charta Caritatis, c.l, n.1s, col.1379; c.2, n.4s, col.1379; c.2, n.9, col.1380; c.4, n.18, col.1381. (HOl Ibidem, c.1, n.3, col.1379; c.2, n.6, col.1379s; c.5, n.23, col.1382; c.5, n.:28, col.1384, (141) « Praecipimus ut Regulam beati Benedicti. per omnia observent, sicut in Novo Monast~rio observatur 11 (c.1, n.1, col.1379). (142) Número y edicio_nes de estas 1:ieglas véanse en MAZON, o.e., p.97-100. 67
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