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El verbo audere aparece una vez en la Regla II, pero muy enérgicamente expresado (105); otra, en el Testamento 006). La Regla I lo silencia. Mas estos y parecidos términos secundarios ninguna luz nueva arrojan sobre el argumento de que tratamos. b) Promittere. Existe en la legislación franciscana una frase que inclina a juzgar ser intención del Fundador que los frailes menores hagan voto de observar la Regla. No sería muy difícil en este supuesto establecer la existencia de obligaciones graves prove– nientes del Santo Patriarca. Dice en el capítulo segundo: « Finito vero anno probationis, recipiantur ad obedientiam, promittentes vitam istam semper et Regulam obsenvare » (p.65). Afirma con alguna frecuencia que los religiosos han prome– tido cumplir la Regla. El mismo, al fin de sus días, se arrepintió públicamente de no haber guardado la promesa 007). Y más tarde proclamará en su Testamento: « Et non dicant fratres: Haec est alia Regula, quia haec est... et meum Testamentum quod ego, frater Franciscus, parvulus, facio vobis fratribus meis benedictis propter hoc, ut Regulam quam Domino promisimus melius catholice observemus » 008). ¿Qué alcance se deben conceder a estas y semejantes expresiones? Aunque no siempre se puede tomar el verbo promittere en la terminología de san Francisco con el significado de verdadero voto, muchas veces sin embargo no cabe duda que lo tiene, v.gr ., al hablar de la promesa que han hecho los religiosos de vivir bajo obediencia ( 109) o al mandar en el Testamento que no se reciban iglesias o conventos que estén en pugna con la pobreza prometidá (110), cuando él mismo promete obediencia al Papa después de la aprobación de la Regla Primitiva ( 111) o a Pedro Catáneo al renunciar al generalato 012), cuando en la Regla I ordena que sus sucesores prometan obediencia y reverencia al Romano Pontífice 013), o los que Ir, han prometido a los supe– riores tengan una túnica ( 114). (105) « Et nullus fratrum populo penitus audeat praedicare, nisi a ministro genera!i.. » (Regula II, c.9, p.71). Es uno de los preceptos equipolentes. (106) Testamentum. p.80. (107) Epístola 11, p.105. (108) Testamentum, p.81s. ' (109) Eplistola I, p.9Z. (110) Testamentum, p.80. Cfr. Legenda anttqua, n.14, p.8. (111) Legenda Trtum Sociorum, n.52, p.417s. (112) CELANO, .Vita secunda, n.143, p.212; Speculum perfectíonis, c.39, p.71., (113) Regula I, p.24. (114) Ibidem, c.2, p.27. 62

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