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El primer caso _redunda en el voto de obediencia y, por lo tanto, obliga gravemente (82). La frase que emplea al impo– ner el ayuno es idéntica a la de la Regla II : el mismo término refiriéndose a obligaciones diversas, una de las cuales, la cua– resma de la Iglesia, se imponía bajo pecado mortal (83). Los dos últimos pasajes no entrafian necesariamente materia grave, pues depende de lo que ordene el superior contra la Regla (84) · o de su indiscreción en el envío de misioneros (85). El Testamento reviste mayor importancia en cuanto a la terminología, por haberlo compuesto después de la Regla Bu– lada y usar sus mismas expresiones en las dos formas más enérgicas: teneri y praecipere (86). El último escrito del Santo no obliga ~n conciencia, como se desprende del contexto y lo declaró en 1230 su gran amigo, Gregario IX (87). Cinco veces emplea el primer verbo y, en general, en cláusuias vigorosas. En cuatro de ellas lo refuerza con las pala- · bras per obedientiam, añadiendo además en dos ocasiones el adverbio firmiter que tanta expresión comunica a la frase. b) Las leyendas. El verbo teneri no se halla en lo principales biógrafos, a lo menos refiriéndose a materia digna de tenerse en cuenta. Quien con mayor abundancia lo pone en labios de san Francisco es el Speculum perfectionis; mas se deben sopesar sus afirmacio– nes, por proceder su redacción de religioso de tendencias un tanto exaltadas, como las de algunos Espirituales de aquellos tiempos. Con él forma cláusulas vigorosas respecto a la observancia del evangelio ( 88) ; pero gran parte de las veces dicho término no se relaciona con prescripciones graves, v.gr ., cuando el Se– ráfico Padre manda amar, honrar y reverenciar a los clérigos quantum possumus, tener prudencia en las mortificaciones, no proferir palabras ociosas en la Porciúncula y, caso de hacerlo, rezar un Padrenuestro, etc. Y esto, aun cuando el Speculum proclame « ordinavit et mandavit firmiter observari » que los ·alcaldes y gobernadores ordenasen arrojar trigo en los caminos el día de Navidad, etc. (89). e) Cuadro sinóptico. del término « teneantur » : (82) Regula I, p.24. (83) Ibidem, c.3, p.29. (84) Ibidem, c .5, p .30. (85) Ibidem, c.16, p.43s. _ (86) Fuentes y bibliografía sobre el Testamento cfr. ESSER, o.e., p.XIV-XIX. (87) GREGORIUS IX, Quo elongati, 28 septiembre 1230, en EUBEL, Epito,ne, p.229b. (88) Speculum perfectionis, c.3, p.9; c.70, p.136. (89) Ibidem, c.10, p.24; c.24; c.27, p.55, p.100; c.82, p.161; c.114, p.225. Lo mismo cabe afirmar de la Legenda antiqua, edición de DELORME, p.14, p.8, al decir san Fran– cisco que los frai.les están obligados siempre a dar buen ejemplo. 56

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