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nisi a ministro generali... »(c.9, p.71); 6° « Et nullo modo licebit eis de ista religione exire »( c.2, p.65); 7'1 « Universi fratres unum de fratribus istius religionis teneantur semper habere generalem ministrum »(c.8, p.70); 8° « In quo (capítulo de Pentecostés) provinciales ministri teneantur semper insimul convenire »( c.8, p.70); 9° « Teneantur praedicti fratres ad eos (ministros pro– vinciales) recurrere quam citius poterint sine mora »(c.7, p.69); 10° « Et si aliquo tempore... teneantur praedicti fratres... »( c.8, p.70s); 11º « Aliis autem temporibus non téneantur nisi sexta feria ieiunare »( c.3, p.66); 12° « Fratres nihil sibi approprient, nec domum nec locum nec aliquam rem »( c.6, p.68 ). Vienen a continuación los restantes preceptos equipolentes. Por consiguie:r~.te, el más enérgico es el que dice relación al di– nero. En general puede admitirse que guardan el orden adoptado por los expositores. En fin, respecto de la obligatoriedad en conciencia de los mismos, aun cuando para el conjunto nada definitivo puede establecerse con certeza, basados únicamente en el texto de la Regla, nos parece clara en bastantes casos la conclusión de que san Francisco los impuso sub mortali, y éstos son, hablando en términos generales, por lo menos la mayoría de los preceptos eminentes y virtuales. · B. TERMINOLOGIA DE LOS ESCRITOS DE SAN FRANCISCO. San Francisco no compuso sólo la Regla Bulada. Redaétó diversos escritos que podríamos agruparlos en exhortaciones, opúsculos legislativos, cartas y oraciones (77). Además los bió– grafos ponen en sus labios diversas frases que también podrían interesar a la finalidad del presente trabajo, aunque, por des– gracia, hemos encontrado pocas que pueden servirnos en el punto concreto de que tratamos. La terminología que en todas estas ocasiones emplea el Santo puede arrojar tal vez nueva luz sobre la escogida en la Regla de 1223 y servir bajo ciertos aspectos de alguna orien– tación. Decimos bajo ciertos aspectos, porque entendemos muy bien que a un legislador no es jurídico interpretarlo por tér– minos o ideas que le son familiares en su vida privada, pero que no aparecen expresados en la ley. Fuera de ella hablará el hombre; en ella, el legislador. (77) Para. todos los escritos del Santo usamos la edición Opuscula Sancti Patris Francisci Assisien.~is, Quaracchi 1949. ESSER K., O.F.M., ofrece una edición del Testar mento con más aparato critico en su obra Das Testament de<s Heiligen Franziskus von Assisi, Münster-Westfalen 1949, p.37-47. Para comodidad de nuestros lectores lo cita– remos según los Opuscula, pues el nuevo texto no contiene ninguna variante de interés para este trabajo. 54

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