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Hay que considerar, sin embargo, que no todos los precep– tos de la Regla han sido siempre tan claros que no haya podido dudarse del significado y alcance de algunos de ellos. De hecho así sucedió a lo largo de todo el siglo XIII y primeros años del XIV. Ni siquiera los primeros expositores anduvieron de acuer– do. Nada extraño, por consigliente, que en tiempo de san Fran– cisco no estuvieran las cosas muy determinadas y menos en lo referente a los vestidos, ya que fué Clemente V, quien con su autoridad los incluyó entre los preceptos equipolentes (43). 2º Influencia de Hugolino en la redacción de la Regla Bulada. El último argumento en pro de la no obligatoriedad en conciencia de la Regla en 1223 podría deducirse de la parte que cupo al Cardenal Hugolino, después Gregario IX, en la redac– ción de la norma de vida definitiva. Mucho se ha escrito sobre las relaciones ,existentes entre san Francisco y su protector ( 44): Al hablar de la influencia del Cardenal en las diversas legislaciones franciscanas, debe des– cartarse la de 1209-1210, pues debían transcurrir todavía;. siete u ocho años antes que se encontrase por primera vez con el Santo (45). El protectorado oficial de la Orden lo comenzó en la pri– mavera de 1220 ; hasta entonces sólo· era un buen amigo y consejero, a quien el Seráfico Padre acudía en sus dudas para orientarse en la dirección de la fraternidad ; mas no siempre seguía sus consejos, v.gr ., cuando le propuso convertir la Orden en plantel de prelados fervorosos que promovieran por doquier la disciplina eclesiástica. La Regla de 1221 es obra casi exclusiva del Santo, aunque se debe admitir que libremente, a instancias de algunos mi– nistros y de Hugolino, modificó su ideal en ciertos puntos menos importantes. Son muy limitadas las huellas del futuro Papa (46); No cabe decir lo mismo de la Regla Bulada. La brevedad, la ausencia casi total de exhortaciones, la precisión del lenguaje, patentizan la presencia de algún jurista, que en el presente caso (43) CLEMENS V, Exivi de paradiso, 6 mayo 1312, edición de Seraphieae Legislationis textus originales, Ad Claras Aquas 1897, a.3, n.2, p.237. (44) La mejor monografía la ofrece BENEDIKT ZOELLIG A BERG, O.F.M.CAP., Die Beziehungen des Kardinals Hugolino zum heil.Franziskus und zu seinem I Orden, Münster i.W. [s.a.]. (45) Sobre la formación de las Reglas de san Francisco véanse los últimos estudios con su bibliografía: MANDIC' D., O.F.M., De legislatione antiqua Ordinis Fratrum Minorum, Mostar 1924; ZOELLIG, o.e.; QUAGLIA A., O.F.M., L'ortginalita della Regola Francescana, Sassoferrato 1943, y Origine e sviluppo della Regala Franeescana, Napoli 1948. Sobra estas dos 1.Utimas obras cfr. la crítica de BIHL M., O.F.M., en Areh.Frane.Htst. 39(1946),287,305. Véase también CASUTT L., O.F.M.CAP., Die ü.lteste franziskanisehe Lebensform, Untersuehungen zur Regula Prima sine Bulla, Graz..Wien-Koln 1955. (46) ZOELLIG, o.e., p.47. 42
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