BCCCAP00000000000000000001341

Siempre aparece 18, misma cláusula ( 123). No solamente en tiempo de ,san Francisco. Ni siquiera mu– cho antes de las Constituciones Narbonenses existía en la Orden como tal la fórmula de profesión que ellas proponen. Hugo de Digne deduce la mayor obligatoriedad de la Regla franciscana basado precisamente en que sus seguidores no prometen como otros religiosos vivir según la, Regla, sino observarla, sin añadir las palabras vivendo in obedientia, sine proprio e{ in casti– tate 024). Si para aquel entonces hubiera existido la fórmula de 1260, no hubiese podido afirmar esto el célebre expositor, que escribía hacia 1252. Del mismo testimonio se desprende que el Seráfico Padre tampoco la empleó ni la aconsejó a sus hijos, ya que, de haberlo hecho, ellos la hubieran aceptado, máxime considerando que en el principio de la Regla, - sino observarla, sin añadir las palabras vivendo in obedientia, que acamos de transcribir --, manda que, acabado el noviciado, sean recibidos los candidatos a la obediencia, promittentes.,. Regula.m observare, que luego aparece en la fórmula ordenada por las Constituciones Narbo– nenses. Son, pues, éstas las primeras en prescribirla. El modo de emitir la profesión los Menores no era nuevo. Santo Tomás, que radactaba su Secunda Secundae hacia 1270, afirma que se usaban tres Mrmulas: observar la Regla, vivir la Regla y obediencia según la Regla ( 125). Hemos podido compro~ bar la veracidad de su testimonio ; pero no hemos encontrado la primera más que en los Franciscanos, sin que pretendamos excluir su existencia, ya que el Santo la supone, a no ser que se refiera únicamente a ellos. Ni siquiera las Clarisas la admi– tieron 026). Con todo, por el mero hecho ele que los Menores tuvieran una fórmula de profesión no muy extendida y que parecía obli- (123) Haci.a 1220, escribiendo santa Inés a su hermana santa Clara, dice de las re– ligiosas de su propio monasterio: Omnes me cum incunditate magna et gaudio sus– ceperunt et devotissime cum reverentia mihi obedrnntiam promiserunt (edición de la Vita Sororis Agnetis. en la Chronica XXIV Generalium Ordinis Minorum, en Analecta Fran– ciscana 3[1897],176). (124) HUGO DE DIGNA, E.rpositio Regulae, edición pe Speculum Minorum, Venetiis 1513, pars III, c.2, fol.34vab. (125) S.THOMAS, 2-2, q.186, a.9. (126) La fórmula en crne se prometía obediencia según la Regla la usaban entre otros: los Basilianos (cfr. PEOHAM l., QuodUbetum, X, q.25a, citado por GLORIEUX P., La Littérature Quodlibétique, vol.U, París 1935, p.1'15); los Benec.Jictinos (cfr. S.BERNAR– DUS. De prae;cepto et dispensatione, c.4, n.10, en PL 182,866s.); las Clarisas (cfr. IN– NO0ENTIUS. IV, Cum omnis vera religio, 6 agosto 124'1, en Bullarium Franciscanum, t.I, p.477b); los Dominicos (cfr. Constitutiones anni 1228, edición de DENIFLE H., O.P., en Archiv für Literatur und Kirchengeschichte 1[1885], dist.I, n.16, p.202.s; Constitutiones anni 1241, edición de CREYTENS R., O.P., en Archivum Fratrum Praedicatorum 18[1948], dist.I, n.15, p.41); las religiosas de la segunda Orden Dominicana (cfr. CREYTENS, en Arch.Fratrum Praed. 17[1947].75s). Se prometía vivir según la Regla en la norma de vida que concedió Urbano IV a la beata Isabel de Francia (cfr. Religionis augmentum. 27 julio 12íl3, en Bullarium Franciscanum, t.II, p.479a) y a la.s Clarisas (cfr. Beata Clara, 18 octubre 1263, en Bullarium Franciscanum, t.II. p.51la). 1H)

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz