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3. El pensamiento de la Orden e;-:cpresado por los Cuatro Maestros. Estas opiniones de los célebres doctores de París no pueden ser consideradas como simples sentencias de al:gunos sabios. Manifiestan la mentalidad de toda o de gran parte de ls, Orden. En efecto, la obrn no es sino la respuesta oficial de una provincia tan importante corno la de París a los « dubitabilia Regulae » que había ordenado anotar el Capítulo de Definidores de Montpellier.. Por otra parte, el opúsculo estaba dirigido a Haimón de Faversham, de la provincia de Inglaterra, superi.or de toda la Orden, quien immediatamente hubiera llamado la atención a los Cuatro Maestros y se hubiera opuesto decididamente a que semejantes ideas fueran extendiéndose entre los religiosos, si no hubiera estado convencido de que la Regla imponía prescrip– ciones graves y de que así lo entendieron todos antes y después de la bula Quo elongati ( 34). Los designios sobre la grandeza de su familia religiosa, el impulso que dió a los estudios, sus deseos de observancia mitigada, hubieran triunfado mucho más fácilmente si no hubiesen tropezado con normas ordenadas bajo pecado mortal. Nada dijo, nada escribió en contra; más aún, Felder, especialista en estas materias, se atreve a afirmar que la Expositio fué aprobada en 1242 por el capítulo general de Bolonia (35). · Y, si los Cuatro Maestros dejs,n entrever frailes excesiva~ mente meticulosos, encastillados en sus ideas rigurosas sobre la observancia literal de la Regla, entendida a su modo, aun contra la voluntad de los Papas, también había espíritus libres que pro– ponían a veces peregrinas explicaciones de la misma. Algunos, basados en las palabras del capítulo tercero « De omnibus qua.e apponuntur ei,s liceat manducare », defendían, contra las leyes eclesiásticas existentes, que en tiempo de ayuno podían comer carne. Otros, .entendiendo mal la frase « Aliis autem temporibus non teneantur nisi sexta feria ieiunare » ade– más de las cuaresmas prescritas, sostenían que los Menores esta– ban exentos de los ayunos de las cuatro témporas y de otros instituídos por la Iglesia para.todos los fieles ( 36 ). Si tales fran– ciscanos hubiesen dudado de la existencia de normas graves en la Regla, no les hubieran faltado ocasiones para. comunicarlo (34) Dijimos antes que Haimón de Faversham formaba parte de la comisión que se presentó a Gregorio IX en 1230, para pedirle aclarase algunos puntos obscuros de la Regla (THOMAS DE ECCLESTON. o.e., p,242). (35) HILARIN FELDER [VON LUZERNJ, O.F.M.CAP., Geschichte der wissenschaft– lichen Studien im Franziskanerorden, F'reihurg i.B. 1904, p.214. (36) QUATUOR MAGISTRI, Exposiiio, c.3, p.138s. 100

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