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RECAPITULACION El recorrido histórico que aca!bamos de realizar acerca del pensa– miento de los moralistas de la edad moderna con respecto al valor moral del precepto, nos parece suficientemente amplio y representativo de las diversas corrientes doctrinales y de la continuidad y firmeza de las mismas. No son, ciertamente, pocos ni de escaso prestigio los auto– res que han quedado sin ser llamados a examen; pero creemos que su aportación y estudio no habrían cambiado la impresión general que producen los que hemos escogido y examinado. Así, pues, llegados a este punto, nos parece obligado dirigir una mirada retrospectiva sobre cuanto hemos expuesto para proponer las lecciones y sacar las consecuencias más importantes y significativas de nuestro estudio. 1) En la teología moral de este pmíodo, y en relación con la materia de nuestro estudio, se destacan dos corrientes doctrinales dara– mente definidas que se caracterizan por el mayor o menM influjo y valor que atribuyen al objeto o materia de las leyes y preceptos y a la voluntad o intención del prelado o legislador. Ambas se oponen a la doctrina transmitida por los teólogos medievales, en cuanto que éstos, además de enseñar ,que todo precepto importa obHgación sub mortali, reconocen a la intención del legislador un ínflufo prácticamente deci– sivo sobre la ,gravedad de sus leyes y preceptos. Sin embargo, mientras una de ellas, esto es, la que recoge las enseñanzas de la Escuela salmantina, propone el obfeto o rnateria como elemento determinante y decisivo de la gravedad de las leyes y preceptos, la otra, más conci– liadora y menos opuesta a las enseñanzas de la edad media, atribuye a la intención del prelado o legislador eficacia para obHgar sub veniali en materia grave, pero le niega absolutamente poder para obligar sub mortali en :materia leve. La corriente trazada por la Escuela salmantina se muestra pode– rosa y fuerte durante el siglo XVI y XVII, pero parece perder acep– tación en el siglo :\'VIII y XIX. En cambio, la corriente conciliadorn o intermedia, que no encuentra muchos partidarios en el srglo XVI, se convierte en la opinión más común y probable - al decir de sus propios seguidores - ya desde principios del siglo XVH, aunque en Haring lo que dice sobre los elementos que integran el pecado mortal: « Tres elementos entran en el pecado mortal: 1) un objeto que cae bajo un precepto o prohibición grave... » (Ibídem, p. 414). 92
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