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también hizo lo propio con el del miércoles, hasta entonces en vigor, dejando intacto el del viernes, en memoria de la Pasión de Cristo. Dos años más tarde, dentro de esta trayectoria de mitiga– ción, ahondando cada vez más en el espíritu evangélico, que le conduce a la liberación progresiva del espíritu monacal en este aspecto, llega hasta omitir la cuaresma de la Epifanía, aunque bendice a aquellos que la observen. l. • Ayunos de la Iglesia. San Francisco, contra el modo de comportarse otras le– gislaciones de aquel tiempo, no hace mención en su Regla de los ayunos de la Iglesia. Pero es lógico que también estaban obligados los Frailes Menores a su observancia, pues la norma de vida peculiar de los religiosos nunca excusa del cumpli– miento de otras obligaciones superiores. Explícitamente dice en la Regla de 1221 después de haber señalado los días de ayuno, que ce secundum hanc vitam >> no están constreñidos a otros! co– mo diciendo que todavía permanecían los impuestos por la Iglesia. La frase no aparece en la de 1223; pero la doctrina, deducida de los principios generales del Derecho, es la mi– sma ( 26 ). Con todo, muy pronto se dejó sentir en la Orden cierto sector que defendía, basado en las palabras del capítulo tercero de la Regla Bulada ce Aliis autem temporibus non teneantur, nisi sexta feria, ieiunare ))' que los franciscanos no estaban obli– gados a los ayunos generales de la Iglesia. Alzáronse decididos los Cuatro Maestros contra tal sentencia : como el ser francisca– no no quita el ser cristiano, tampoco suprime los ayunos de los cristianos ( 27) ; argumento que fué repetido por Hugo de Di– gne ( 28). (26) S.FRANCISCUS, Regula I, p.29; Regula II, p.66. (27) QUATUOR MAGISTRI, Expositio, c.3, p.139. (28) HUGO DE DIGNA, Expositio Regulae Fratrum Minorum, en Monumenta Ordinis Minorum, Salmanticae 1506, tract.111, fol.53r. JO

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