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deoº .. )J, y da dos razones, la segunda de las cuales juzgamos la verdadera : porque no encontró el Seráfico Padre en el evan– gelio tantos ayunos ( 19 ) º Podrá tal vez alguno imaginar que tal procedei- del Santo foé forzado por el poco espíritu de algunos rnligiosos, como pa– rece indicarlo el hecho de la supresión de la cuaresma de la Epifanía, prescrita en la Regla I, donde se explaya con mayor libertad y más independencia, mientras que la omite en la Regla Bulada, donde ge notan ya más influencias extrafias. Es verdad que, según el sentir de los especialistas, la Re– gla I es más propia del Seráfico Padre, a quien debe atribuírsele casi exclusivamente ( 20 ), aunque se admite que libremente, por ob:ra de algunos ministros y de Hugolino sobre todo, mo– dificó su ideal en ciertos puntos menos importantes ( 21) º Es cierto también que en la Regla de 1223 se notan más ingeren– cias extrañas. La ausencia casi total de exhortaciones y la pre– cisión del lenguaje, si no hubiera otros indicios, patentizarían suficientemente la presencia de algún jurista, que en el pre– sente caso fué ante todo su gran amigo Hugolino, más tarde Papa con el nmnb1°e de Gregorio IX ( 22 ). Pero ello no nos autoriza para creer que la Regla Bulada no es fundamentalmente de san Francisco, en la que están a salvo, merced a su decisión, los puntos esenciales del ideal pri- (19) S.BONAVENTURA, Expo~itio wper Regufom, c.3, n.9, en Opera omma, vol.VIII, Ad Claras Aquas (Quaracchi) 1898, p.410. (20) Sobre la formación de las Reglas de san Francisco véanse los últimos estu– dios con su bibliografía: MAl'IDIC D., O.F.M., De legi$latione antiqna Ordinis Fratmm Minomm, Mostar 1924; BENEDIKT ZOELLIG [ A BERG], O.F.M.CAP., Die Beziehun.gen de$ Kardinals Hugolino :mm, heil.Fmnzishus und zu seinem l Or– den, Miinster i.W. [s.a.]; QUAGLIA A., O.F.M., L'originalita della Regola Fran– cescana, Sassoferrn!o 1943; Origine e $VÍluppo della R~ola Francescana, Napoíi 1948. Sobre estas dos últimas obras véase la crítica de BIHL M., O.F.M,, en Ar– chivnm Fnmciscanum Historicum. 39(1946),,287-305. (21) ZOELLIG, Die Beziehungen, p.47. (22) Por lo demás leyendo textos legislativos y Reglas de aquel tiempo se ve cómo la legislación franciscana toma ideas y aun expresiones de, otras similares. Sumamente útil, aunque todavía imperfecto, es a este :respecto el trabajo de OLI– GER L. sobre la~ fuentes y los lugares paralelos de la Regla Bulada de 1223, en su Expo$itio Quatuor Magidromm (1241-1242), Roma 1950, p.171,19,lo 8

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