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4 Elizondo en parte el discurso de Juan de Fano sobre la pobreza 3 , propone parcialmente el _sumario. No trata de los preceptos de la misma, ya comentados en la obra, sino de los restantes grupos, que después se harán tradicionales: Le ammonitioni, che informano li frati ql ben fare, sano dodici [ ...] Le cose, che ammaestrano i frati a schivar il male, sano sei [...] Le liberta della regala sono sei [...] Le conditioni delli recipienti all'ordine, sano sei [...] Le conditioni di quelli, che vengono all'ordine (son seis) 4 • Las fórmulas transcritas coinciden con las empleadas en las ediciones italianas de la regla; lo cual nos hace suponer que no fue Gregario de Nápoles el iniciador de tales expresiones, sino que ya existían anteriormente. Poco despµés, el minis.tro general de la orden, Jerónimo de Polizzi, publicó en 1593 su comentario, condenado por el Santo Ofi– cio más por cuestiones personales que por errores doctrinales 5 • Su exposición se basa en la de Antonio de Córdoba, como el mismo lo afirma 6 • Por ello, en la enumeración de preceptos se atiene fun– damentalmente a la presentada por este autor, proponiendo al final su misma doctrina sobre el número de obligaciones graves 7 • Jeró– nimo, con todo, añade una nueva, separa los praecepta de los inhibi– toria (que no pocos lo harán después) .y cambia el orden de los grupos. Antonio de Córdoba 8 praecepta et inhibitoria 12 aequipollentia 4 habentia vim praecepti Jerónimo de Polizzi 7 praecepta 4 habentia vim praecepti 2 inhibitoria 12 aequipollentia La materia es idéntica, excepto en el primero de los preceptos que el autor capuchino añade 8 , y que ediciones de la regla y au- s GREGORIO DA NAPOLI, Regola unica del serafico S. Francesco, con la dichia– ratione fatta da diversi sommi pontefici, Venetia 1589, p. 426-441. 4 lo., o.e., p. 441-444. · 5 Cfr. ANTONINO DA CASTELLAMMARE, OFMCap., Jl padre fra Girolamo da Po– lizzi, Palermo 1933, p. 78s. 84s. 96-106. 6 HIERONYMUS A POLITIO, Expositio [ ...] cum dubijs. excussis in regulam seraphici patriarchae S. Francisci, Neapoli 1606 (en la. carta preliminar al comentario). 1 ID., o.e., c. 1, p. 57-60. . . . 8 « Primum, quod totus ordo teneatur praestare obedientiam, et reveren– tiam papae; et sanctae romanae ecclesiae » (ID., o.e., c. 1, p. 57).·

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