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Sumarios de la regla franciscana 31 Bozen depende, en casi todos los cambios introducidos, de Antonio de Córdoba y de Jerónimo de Polizzi 137 • Sumario IV El Sumario IV tiene una estructura bien definida y, en cuanto a la presentación, bastante diversa. Como al Sumario I podríamos llamar italiano, por haberse extendido sobre todo en este país, al presente podríamos apellidado francés, por ser en Francia en donde más se ha difundido, tanto erí las ediciones de la regla 138 cuanto en los autores 139 • No pretendemos con ello afirmar que este modo peculiar de presentar la norma de vida franciscana lo ha tenido en exclusiva esta nación: varias ediciones latinas 140 y alguna alemana 141 lo proponen. Más extraño resulta que un autor germánico de este siglo, Zeno de Ufering, lo presente de nuevo en su totalidad, cuando las últimas ediciones francesas, es decir, las de este siglo, lo admiten sólo en parte, según veremos después 142 • Todo lo que la regla contiene puede concretarse en tres apar– tados: obligaciones graves, admoniciones o amonestaciones para ha– cer el bien y evitar el mal, y libertades. Los puntos que obligan bajo pecado mortal pueden subdivi– dirse en tres categorías: votos esenciales de la vida religiosa, espe- 137 Estos dos autores concuerdan en la proposición de los preceptos virtuales Y, equipolentes, aunque, según antes hemos aclarado, Antonio enumera primero los equipolentes, y Jerónimo, los virtuales. Alberto sigue a este último. En los eminentes o formales, se nota más la influencia del frandscano, si bien añade un precepto (el primero), según la doctrina del capuchino. Desentona de arribos, al mencionar contra toda lógica, en penúltimo lugar, la obediencia debida a los superiores. 138 Véanse los números 58-63. 65s. Art. cit., p. 417s. 139 Lours DE PARIS, Exposition litterale de la regle des FF. Mineurs, Paris 1625,, p. 47-75; GEORGES DE VILLEFRANCHE, Exposition de la regle des freres mineurs, Toulouse 1893, p. XXXI-XXXIX. 140 Véanse los números 24 y 25. Art. cit., p. 406. Proponen este sumario, pero con ,algunas diferencias: Jos preceptos formales. son nueve (aparecen unidos los preceptos y los inhibitorios); los equipolentes son veinte, no veintiuno; los vir– tuales, cuatro, no seis (aunque implícitamente mencionano los dos restantes); la regla se divide en cuatro apartados, no en tres (consecuencia de separar los avisos para evitar el mal y las exhortaciones para obrar el bien); desaparece el párrafo final sobre el número de preceptos. 141 Véase el número 35. Art. cit., p. 409. Cuanto hemos dicho en la nota 140 se aplica a esta edición de la regla. 142 ZENO VoN UFERING, Erkliirung der Regel, Altotting 1929, p. IX-XVI.. Este autor depende de Jorge de Villefranche, como él mismo lo advierte en la introducción de la obra (p. 111).

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