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8 Elizondo tades. Y especifica cada uno de los cuatro grupos según el Suma– rio III, en versión B 26 • Idéntica doctrina repetirán los autores de las ediciones refundidas de esta obra y publicadas por la curia general de la orden; es decir: la de 1889, realizada por mandato del ministro general Bernardo de Andermatt 27 , y la de 1932, impresa por orden del también ministro general Melchor de Benisa 28 El autor que con más detenimiento ha estudiado el problema del sumario de la regla es Hilario de París, en su, en general, sólido y excelente comentario, aunque no exento de extremismos graves, por lo que fue puesto en el índice de libros prohibidos 29 • Al final de la primera parte del mismo tiene un apartado especial, titulado Summarium regulae, cuya doctrina nos place exponer con cierta amplitud, por resumir y concretar el problema en su justa dimen– sión, sobre todo por lo que respecta a las partes obligatorias de la norma de vida franciscana. Lo divide en dos partes, tratando pri– mero de las obligaciones y después, de los puntos no obligatorios de la regla 30 • En el apartado primero establece estos principios: 1) para cono– cer los preceptos debe estudiarse ante todo la terminología empleada por el legislador, como expresión de su voluntad; 2) en caso de duda, la tradición de la orden constituye elemento fundamental, por no existir ya el autor de la norma; 3) si persisten las zozobras, como a último tribunal, debe acudirse al romano pontífice; 4) todos los preceptos de la regla obligan bajo pecado grave 31 • Por otra parte, los expositores están concordes en determinar los puntos obli– gatorios de la norma de vida franciscana; pero no concuerdan en establecer el número concreto de los mismos: hay quienes propo– nen un solo precepto allí donde otros hablan de dos, tres y hasta nueve. Así, por ejemplo, la obediencia se impone tres veces; el ayuno, varias; algunos desdoblan en nueve el último precepto equipolente; 26 ALBERTUS A BULSAN0, Expositio regulae, Oeniponte 1850, § 5, n. 3, p. 10-12. 27 ID., o.e., Mediolani 1889, § 5, n. 3, p. 12-14. 28 ID., o.e., Romae 1932, n. 13, p. 41-44. 2 • HILARIUS PARISIENSIS, Regula fratrum minorum juxta romanorum ponti– ficum decreta et documenta ordinis, Lugduni - Parisiis 1870. El mismo autor abrevió la obra en su Exposition de la regle de S. Frani;ois d'Assise, avec l'histoire de la pauvreté, Fribourg 1872. El decreto condenatorio puede consul– tarse en AOC 11 (1895) 204-206. Véase Lexicon capuccinum, Romae 1951, col. 755 (Hilarius Parisiensis ). 30 ID., Regula fratrum minorum, p. 331-346. 31 ID., o.e., p. 332-334.

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