BCCCAP00000000000000000001325

394 Elizondo separadamente de los preceptos y de las admoniciones y libertades 35 , lo cual influirá, entre los capuchinos, para presentar a veces sólo aquéllos, y para ht enumeración de los mismos. Los puntos obliga– torios de la regla, dice, se distinguen en praecepta et inhibitoria, aequipollentia y vim praecepti habentia 36 • Por lo que respecta a los preceptos expresos distingue entre praecepta e inhibitoria, aunque los propone en única enumeración. Son ocho. La materia coincide con la de Gonzalo 37 , aunque cambia algo el orden de las· obligaciones impuestas en el capítulo undécimo de la regla 38 , repercutiendo su doctrina en la de no pocos exposi– tores. Los preceptos son seis, y los inhibitoria o mandamientos negativos no impuestos bajo el término praecipere, dos (los números 1 y 3 de Gonzalo y de Antonio). Igualmente, éste sigue a aquél en la explicitación de los preceptos equipolentes, con la única diferencia de posponer el número 2 (prohibición de llevar calzado) al número 3 (vestidos pobres) 39 • Mayor divergencia se advierte en los preceptos virtuales. Antonio depende de la doctrina de Gonzalo; pero la desarrolla y cOmpleta. Así, mientras éste admite teóricamente siete 40 , nuestro autor los reduce a cuatro; doctrina que se impondrá en no pocos autores. Son los siguientes: 1) pecados reservados (n. 3 de Gonzalo); 2) obligación de tener un ministro. general de la orden (n. 4); 3) deposición del ministro general en caso de incapacidad (n. 7); elección en caso de muerte; 4) obligación de· acudir al capítulo general, por parte de los mi– nistros (n. 6). 35 ANTONIUS, Expositio, c. 1, q. 1, h. 24r-27r (de los preceptos); c. 1, q. 2, h. 27v-29v (de las amonestaciones y libertades). 36 El sumario de la regla, en lo que concierne a las obligaciones, aparece en h. 25r-27r. 37 Explica el precepto tercero, que prohíbe apropiarse de nada, añadiendo « scilicet nec in particulari, neque in cornrnuni »; adición que encontraremos en no pocos sumarios. 36 El orden de los preceptos 5 y 6 de Gonzalo se encuentra invertido en Antonio (n. 6 y 5). 39 El orden de Antonio es: n. 1. 3. 2. 4... El texto de la regla favorece a Gonzalo. Los dos autores incluyen, en el precepto n. 4, el oficio divino de los hermanos legos (el de los padrenuestros), no mencionado por Clemente V en su elenco. · 40 Decirnos teóricamente, porque en dos ocasiones (hablando de los ayunos y de la obediencia) Gonzalo anota la coincidencia con preceptos ya antes indi– cados (GUNDISALVUS, Tractatus, h. 99rv).

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz