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Sumarios de la regla franciscana 393 citadas colecciones 30 • Parecido fenómeno observamos en las edi– ciones españolas y francesas 31 • Estas compilaciones de textos de– penden unas de otras; pero originariamente, por lo que atañe al sumario, su procedencia hay que remontarla hasta la curiosa exposi– ción de Gonzalo. B. Antonio de Córdoba, OFMObs. (t 1578) Este autor puede ser considerado también, aunque ya en segundo plano, como fuente de los sumarios que aparecieron posteriormente en las diversas familias franciscanas. A mediados del siglo XVI pu– blicó su exposición de la regla, que, por su amplitud y solidez, ejerció desde entonces enorme influjo. En su comentario, varias veces editado 32 y más o menos ampliamente compendiado 33 , depende explícitamente en este punto del opúsculo de Gonzalo 3 4. Trata •• « Del princ1p10, e progresso della religione del serafico padre S. Fran– cesco, cavato dal Fondamento de' tre ordini, dallo Specchio de' frati minori, e da altri libri, che trattano della stessa religione » (Regala, e testamento del nostro serafico padre S. Francesco, Venetia. 1597, h. 2r.). 31 Por ejemplo, la edición castellana de la regla publicada en 1618 dice: « De los principios y progresso de la religion de N. S. P. S. Francisco, sacada del libro llamado Firmamentum trium ordinum, y otros que tratan desta ma– teria » (Regla y testamento de nuestro serafico padre S. Francisco, Madrid 1618, h. lr). Muchas de las ediciones de la regla que enumeramos en la segunda parte de este trabajo, contienen substancialmente este prologuito, que cambia algo según las diversas naciones. 33 La primera edición se imprimió en 1550, Expositio regulae fratrum minorum ex varia multiplicique autorum lectione diligenter collecta. Per vene– rabilem P. F. Antonianum Cordubensém 'eiusdem ordinis, Lovanii 1550. Nosotros citamos la de Madrid 1616, por ser, en nuestra opinión, la mejor: Dilucida expositio super regulam fratr'um minorum, ex varia multiplicique authorum lectione diligenter collecta. Per venerabilem patrem Fr. Antonium Cordubensem eiusdem ordinis, Matriti 1616. Cf. A. LAMBLA, OFM, Aportación bio - bibliográfica en torno a fray Antonio de Córdoba, O. F. M. (1485-1578), en Liceo franciscano 6 (1953) 179-207; I. VÁZQUEZ, OFM, Córdoba, Antonio de, OFM, en Diccionario de historia ecclesiástica de España, vol. 1, Madrid 1972, p. 619. 33 Véanse, por ejemplo, HIERONYMUS A PoLITIO, Expositio F. Hieronymi a Politio Siculi ordinis fratrum minorum capuccinorum, Neapoli 1606, en las hojas preliminares, no numeradas; P. NAVARRO, OFMObs., Exposicion de la regla de N. Serafico P. San Francisco, En que con metodo breve, y claro, se resuelven todas tas dificultades [!], que para su verdadera inteligencia movió el doctis– simo P. Fr. Antonio de Cordova, Madrid [1641], « Al letor ». 34 Hablando de las amonestaciones y libertades de la regla, Antonio de Cór– doba dice: « Et pro maiori declaratione hic omnia praedicta distincte ponen– tur secundum quod per reverendum patrem fratrem Gundisalvum in lib. ordinis fol. 99 [= Monumenta ordinis, Salmanticae 1506] in quodam tractatulo explican~ tur » {ANTONIUS, Expositio, c. 1, q. 2, h. 28rv).

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