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4 Elizondo rrollo de la fraternidad. Todavía se rige ésta por las constituciones de 1643. Sin embargo, el ambiente religioso, cultural, político y económico han cambiado radicalmente. Por ello, se dictan normas que, respetando las antiguas leyes fundamentales, acomodan la vida de los hermanos a los nuevos tiempos. Pero pronto se palpa la nece– sidad de cambios más substanciales. De 1884 a 1896 un hombre excepcional dirige las riendas de la orden: el P. Bernardo de Andermatt, trabajador incansable, tenaz, clarividente y cordialmente enamorado de la vida capuchina. Convencido, como otros muchos religiosos, de la imperiosa nece– sidad de revisar las mismas constituciones, con el fin de agilizar los trabajos prepara un esquema base, nueva redacción de aquéllas. En mayo de 1896 se celebra el capítulo general. Y es reelegido para otros doce años. Cree llegado el momento oportuno y propone a la asamblea el tema concreto de la revisión de las leyes fundamentales. Dos opiniones encontradas emergen inmediatamente: la de quie– nes defienden la revisión del mismo texto constitucional y la de quienes desean que los cambios se efectúen en notas marginales o en apéndices. Triunfa la opinión de los primeros, se nombra una comisión capitular al respecto y se dictan las normas que presidirán trabajo tan importante. Previas las consultas y las enmiendas pro– puestas, en junio de 1897, en sesión conjunta de los padres delegados y del definitorio general, se redacta el texto definitivo. El ministro general, a finales del mismo año, lo presenta a la santa sede para su aprobación; pero ésta no lo acepta y lo devuelve en agosto de 1898 1 ordenando que se elabore otro nuevo, siguiendo normas precisas que ella dicta. Hace algún tiempo estudiamos todos estos extremos 1 • Hoy de– seamos ahondar en algunos de ellos, insistiendo en las divergencias surgidas a raíz del proyecto hasta el momento de presentarlo a la curia romana (mayo 1896-noviembre 1897). A tal fin publicamos no pocos documentos inéditos, directamente relacionados con el tema, precedidos. de una breve presentación de los mismos 2 • 1 F. ELIZONDO, Las constituciones capuchinas de 1896, en Laurentianum 18 (1977) 377-440. . 2 Posteriormente se redactan otros, más extensos e importantes, como los informes del procurador general, Giocondo de Montone (15 febrero 1898) y del ministro general, Bernardo de Andermatt (29 abril 1898). Los estudiaremos en otra ocasión.
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