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10 Elizondo nuevo texto (no, en notas o en apéndices); se elige al efecto por votación una comisión capitular internacional. No es verdad que el deseo de revisión viene del elemento joven, pues la gran mayoría de los asistentes al capítulo son ancianos o de edad madura. El capítulo provincial de Bolonia, de cuya provincia proviene radi– calmente el recurso, deplora el proceder de su representante en la asamblea general, Anselmo de Fontana, custodio de la misma 24 • Antes del 19 de octubre de 1896, Teodoro de Tajo recurre por escrito ante la santa sede, defendiendo sus puntos de vista ya conocidos 25 • La congregación de obispos y regulares pasa el docu– mento al ministro general, y éste informa sobre el tema el 17 de diciembre del mismo año 26 • Pocos días después, el ministro provincial y los dos custodios de la provincia de Trento piden a la curia romana que no lleve a efecto la revisión proyectada. El documento abunda en las mismas ideas propuestas por Teodoro de Tajo, uno de los firmantes, en calidad de custodio general 27 • Transmitido al P. Andermatt 28 , la primera autoridad de la orden informa sobre él el 10 de abril de 1897. El recurso, dice, no es nuevo, pues tiene como promotor al mismo religioso que el anterior. Los autores del escrito parecen desconocer que en otras ocasiones se han revisado las constituciones. Además, de hecho, admiten la necesidad de la revisión, pues desean que los cambios se cristalicen en notas o en apéndices. La conducta de Teodoro de Tajo no es digna de alabanza: cuando está en Roma trabaja en la redacción 24 J)ocumentos, n. 15. Similares ideas se encuentran en Documentos, n. 19. 25 Documentos, n. 3. Véase nota 26. 26 Documentos, n. 16. En la diligencia del recurso de Teodoro de Tajo se lee: « 9370/14. Die 19 Octobris 18%. P. Ministro Generali pro informatione et voto super recursu P. Teodori » (Archivo congregación, C 37/2). Consta con certeza que el P. Andermatt informa a la congregación (Documentos, n. 17, h. lr); pero el documento no llega a la misma. En la diligencia del recurso del ministro provincial de Trento, 26 diciembre 1896 (Documentos, n. 4), se dice: « 9370/14. Cappuccini Trento. 11 Provinciale ed altri circa la revisione delle Costituzioni. Die l4a Januarii 1897. Da parlarne con Mons. Sottosegretario Budini. N.B. Sembra che il reclamo del P. Isidoro [= Teodoro] etc., conforme fu da me prescritto nel p.[rossimo] p.[assato] Ottobre non sia stato trasmesso al P. Ministro Gle; lo rilevo dalla parola cascata Non venuta. Inoltre non si ravvisa risposto neppure dal P. Ministro Gle alla comunicazione dei riflessi del Sig. Card. Svampa Arciv". di Bologna. Occorrono schiarimenti, e l'avviso sul da farsi nel caso» (Archivo congregación, legajo C 37/2). 27 Documentos, n. 4. 28 En la diligencia de la congregación se lee: « 9370/14. Die 18 Januarii 1897 P. Ministro Gli pro inform. et voto» (Archivo congregación, legajo C 37/2).

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