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8 Elizondo los asuntos de la orden ante la santa sede; de él dependen las misiones; él trabaja las causas de beatificación y canonización; él queda como superior, dentro de ciertas normas, en caso de ausen– tarse de Roma el ministro general. Tiene en la curia habitaciones y refectorio aparte; secretarios y hermanos socios especiales; eco– nomía propia... 19 • Poco a poco va perdiendo ciertas prerrogativas, y ahora, Giocondo de Montone, trabaja para que la situación quede al menos como estaba en 1896, antes de la proyectada reforma de las constituciones. La orden, repite con insistencia, nada puede realizar en contra de las bulas pontificias. Y no es sensato que pretenda cambiar lo establecido en ellas por los romanos pontífices. Pero su razonamiento vá más lejos y rechaza abiertamente los esquemas propuestos por e~ P. Andermatt primero, por los dele– gados capitulares después. El del ministro general es radicalmente ilegal, por haberse redactado e impreso ocultamente, y distribuido en la asamblea general intencionadamente, una vez realizada la elección de los nuevos superiores, no antes. El de los delegados, basado fundamentalmente en el anterior, adolece, en consecuencia, de su vicio inicial. Las normas propuestas para la revisión del texto constitucional son confusas. Ello hace que las observaciones de los padres capitulares no sean rectas ni oportunas. Además, los dele– gados se han extralimitado en las atribuciones a ellos otorgadas por la asamblea general 20 • De una u otra forma capitaneados por estos dos religiosos, Teo– doro de Tajo y Giocondo de Montone, se mueven otros, para con– seguir la aprobación del nuevo texto legal. Apenas terminado el capítulo general, mayo 1896, algunos acuden al cardenal Svampa, arzobispo de Bolonia, con el fin de exponerle las preocupaciones de no pocos hermanos y de conseguir su media– ción. En efecto, éste escribe el 23 del mismo mes al cardenal Segna, presidente del recientemente terminado capítulo, con el 19 Sobre el procurador de la orden véanse: VENANTIUS A LISLE-EN-RIGAULT, OFMCap., Monumenta ad constitutiones ordinis fratrum minorum capuccinorum pertinentia, Romae 1916, p. 453-462; MELCHIOR APoBLADURA, OFMCap., Historia gene– ralis ordinis fratrum minorum capuccinorum, vol. 1, Romae 1947, p. 149-152; vol. 11/1, Romae 1948, p. 125-128; vol. 111, Romae 1951, p. 168-171; Lexicon capuc– cinum, col. 1408-1411. 'º Estas ideas están expuestas en las cartas a los ministros provinciales, en los informes a los padres delegados y en las discusiones habidas durante la redacción del texto definitivo de las constituciones (Documentos, n. 5, 6, 9, 10 y 22).

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