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OBLIGATORIEDAD DE LAS REGLAS EN LOS SIGLOS XII Y Xlll observetis praecipimus in monasr/)erio constítuti», rezaba, la primera (17); <( Obsculta, , o fili, praecepta magistriin, decía la segunda ( 18). ' Fuera de ellas, la Regla Agustiniana carecía de frases enérgicas que dieran margen a considerar sus prescripciones como preceptt>s: ningún teneantur, ningún praecipio se encuentra en ella, y 1 sin embargo, según lo anotaremos después, también sobre 'ella se discutió largamente. La de San Benito, por el contrario, mucho más perfecta y exten~ que la anterior, tiene más énfasis en sus expresiones: usa con alguna fre– cuencia las palabras praecipere; praeceptum (19), las, cuales, aunque d~ suyo no revistan fuerza especial, tan equívocas eran en el siglo XIII. También emplea los verbos inilungere (20), dis 1 Pónere (2r), consrtitü– re (22) ,y el más enérgico, praesumere (23). La Charta Caritatis, importante dentro de sµ brevedad, entre otros conceptos, por haber sido la primeria, Regla cuy<:> texto apareció íntegro en la Bula de aprobación, en 1152' (24), también contenía algunas frases · ambiguas en lo que a la obligatoriedad concierne, por la terminología que a veces empleaba (25). Mayores inconvenientes po,seía la de San Esteban de Muret ,(26), pues en bastantes, ocasiones usaba el verbo praecip¡ere (27) y otros verbos y frases vigorosas, como «omwi.no prohibemil,s, n:ullatenus accipiai,ts, nullá– tenus habeatis, omnino caveat .. . >> (28). Puede asentárse como principio que, por lo qut respecta a la fraseología, esta legislación es una dé las más enfáticas de las existentes en el siglo xm. . Lo mismo cabe afirmar de la Regla d~ los Templar?os y de la Ua- (17) Edtción de D. DE BRUYNE, o. S, B.: La premiére Regle .de Saint Benoit, en. "Revue B<Í– Iléd!ctíne", 4\2 (19'30), 3120. (118) ,E,dición de c. IlUTLEH, o. :S. B.: SancU Benedtcti Regu/.a M.onaclwrum (F.riburgi Br~¡;o– vlae, 1191H<), p. ~- (.19) Un.a veintena 'ile v,eces, Cfr., v, gr., llegula Monachorum, e, :2, p. 12; c. 41, p. 2l9; e. 7, ,p. 34; c. 21, p. Ml; e, 2&, p. 55; c. 51, p. 89; c. 5-4, ,p. 95; c. 62, p, ,10~; c. 6i5, p. 111!. (20) Ja., c. 7, :p.. 315; c. 311, p. 63'; c. 417, ,p. 8<2. (21) Id., e, 6,5, .p>. 11,5. (212) Id., c. 70, ,p. rt20. (23) Id., c. 3, p. 1 19; e, 2,0, p. 52; c. 216, p., 57; c. 311, p. ,03<; c. 313,, p. M; c. 3 1 8, p. 7\2; c. -4'il, p. 78 .s.; c. 4:7, p. 8 1 3; c. 51, p. 8·9. ('2.4) F'ué ·SO<lemnemente aprr-obad,11. :por Eugenio III ,en .su ·sacrosancta }lomana Ecche8Mift 1 de .a,go,sto 1f.52. Hsmos consult8Jdo da edieión de MlGl'IJ:, PL 16~, cols. 1.3,77 -,1 .•3~,4:. (25) enarta Caritatis, c. 1, n. 3,, coJ. 1.$,79; c. 2, n, o, col. j.317•9 s.; e, ,5, n. 2'3•, co1. 1.31!11; c., 5, n. 218, ,col. 1.3',S,4. ' (216) Fué aprob,ad,a por varios !P./Lp.a,s, sobre tod,0 por GJemente IH en 1188,. caam@ii a etdjCión de M!GNE, PJ, 204, co1s. 1.1 ¡r5.1,,rn2, (27) Por ejemplo, Regula, c. •311, CúL 1.1,50; c. 3,3, col. 1.151; c. ~3, col. 1.1 1513; c. 46, col. l.1151-t; c. 57, col. lil.58; e. M, col. !.1150; c. 6,5, co~. 1..1er2, etc. (28) R,egula, c. 4, col. 1.140 s.; c. O, coL u.rn s,; c. 9, co,J. 1.U,3; .c., 1•5, cOJ. L•Hh; e. 17, col. 1.146; c. 20, col. U47; e, 22, c,ol. 1.1,l,8; e, 28, coa, l.U9; e; 312, col. 1.15-0; c. 3,ll, col. LIS:$; c. 40, col, L153,.. ·

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