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OBLIGATORIEDAD DE LAS REGLAS EN LOS SIGL.Os 1Cll Y XIII Su contenido, <loe.e br.eves capítulos, puede dividirse en preceptos, exhortaciones a obrat' el bien, amonestaciones para evitar el mal y liber– tades. Sólo nos i.nteresan directamente los pdmeros, pues lás otr.as tres categorías de cláusulas es elato que no se dirigían a imponer estrictas obligaciones en conciencia. · Su terminología es en general bastantle expresiva y vigorosa, con– tribuyendo a ello el uso de la primera persona del singular al mandar algunr1. observancia, distinguiéndose en. esto de otras muchas legisla– ciones de aquel tiempo; pero la fuente principal del énfasis que a ".eces tiene son las palabras de! refuerzo que acompañan a algunos .de sus man– datos o prohibidones. Emplea en algunas ocasiones los verbos teneri, estar obligado (47), y praecipe!/'e! (48). Abunda en simples presentes de subjuntivo, aun cuando, según veremos después, incluían algunos en sus prescriipdones obligaciones graves (49). A acrecentar las perplejidades que de suyo promanaban en el si– glo xm. de la terminología de las diferentes Reglas, contribuía también el hecho de que en algunas legislaciones, al comienzo o al final, se encontraban frases que .daban a entender que . todo cuanto ordenaban constituía precepto. Las Reglas Benedictina y Agustiniana nos ofrecen algunos ejemplos. y· no son los únicos; queremos llamar la atención solamente sobre otro caso, por presentar especial interés para nosot110s, una vez que sabemos coni certeza hasta dónde llegaba la oblígacióll eri conciencia: de sus pr,escripciones. El gran canonista Hugolino, más tarde Gregorio IX, compuso en 1218-1219 una Riegla para las rdigiosas que vivían en el monasterio de San Damián (en Asís) y para cuantos deseasen seguir su tenor de vida (las clmisas) (50). "Arcnwum Fr,ancisc.anum Historicum", 3,9 ('1946), 2.87-30:5. Citamos la iRe.gla bula.da • y el' 1'estamento ,cte San Francisco ,se,gún ,La e,cti.ción critica Opuscula sancti Patris Frariciscl AssíS'ten– sís (Quara:cchl, 19419). K. -EsSER, o. F, M., ,01frece una edl-ción .del Testamento con más a.par.ato• criti;c,o en. .su obra Das Testament des Heiligen Franzislws van Asstsi (Münste;r-West!alen, 19419), pp, 3r,'-47, Para comofüctad ,cte nueswo,s lectores lo citaremos seg·ún ,los Opuscula, pues e,1 nuevo, 1ex:to n-0 contiene ninguna v,artante que inte,r,esei a este trabajo. (·"'7) Regula, c. 1, p. M; c. 3 1, p. 616; c. 7, ,p. 69; c. s, rp, 70 s. crr, Testamentum S. Francftl-· ei, p. 81 .s. (4,8) Regula, e, 4, .p. 87; c. 10, .¡:,, 72,; c .. 11, p, 7'3,. Cfr. Testamentum, pp. 80 y 812, (49) Po,r eJempJ-0: mittant, examinent, dicant, fa,ctant, ieiunent, non predicent.., Véase e. a,. p. 67; e, 5, .p, 6'8; ,e,, 6, p. 68; c. 7,, p. ó,9 s.; c. 1·0, p. 7,1 s.; e, rn, p. n, j5•0) ns.amos el texto o.freci.cto por Gregario, IX en su Bula Cum omnis vera religto, M liüaiyo 123,9 (BuUarium Franciscanum, vol. I, pp•. 2.6,31b-287b), rnoc,mcio IV 1a repro,ctuce, !m¡>o- 111.té.nctoia ,a tocta.s M1is ci.artsa.s, en su Solel annuere, 13. noviembre 1245 (Bu!l, Franc., vol. I, pp. 3:u,ib-3'9'9b), · Esta iReg1a rué aictmiHda po,r San Francisco, según. lo .afirma el mism-o Gre-· rorlo IX, Angelis gaudium, 11 mayo 1123.S (Bun. Franc., vol. I, p. 2,413,a), Sob,re las diversas. Reglas ,cte :1as clarisas compuestas en el s1g-lo xm véase e,l amplio e.studLO, de ,L. Oi;,IGER, ◊, F;. l\l.: IJe origine Regularum Qrdinis Sanctae Clarae, en "AN:hivum F,ra,nJCisc,a.num Histo-ricum",' .5" (l9t2), 1 1 1:!1-20 1 9, it:i-4!7. ·- .13 --
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